Acta - Sli Sylvania, Sociedad Anónima., Normativa Estatal
Inicio de Vigencia | 1 de Enero de 2003 |
Fin de Vigencia | 31 de Diciembre de 2003 |
Publicado en | Boletín Oficial del Estado nº 251 de 20/10/2003 |
RESOLUCI”N de 3 de octubre de 2003, la DirecciÛn General de Trabajo, por la que se dispone la inscripciÛn en el registro y publicaciÛn de la revisiÛn salarial del Convenio Colectivo de la empresa Sli Silvania, S.A.
Visto el texto de la revisiÛn salarial del Convenio Colectivo de la empresa Sli Silvania, S.A. (CÛdigo de Convenio n.o 9014332) que fue suscrito con fecha 21 de abril de 2003 de una parte por los designados por la DirecciÛn de la empresa en representaciÛn de la misma y de otra por los Delegados de Personal en representaciÛn de los trabajadores y de conformidad con lo dispuesto en el artÌculo 90, apartado 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depÛsito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta DirecciÛn General de Trabajo resuelve:
Primero: Ordenar la inscripciÛn de la citada RevisiÛn Salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificaciÛn a la ComisiÛn Negociadora.
Segundo: Disponer su publicaciÛn en el BoletÌn Oficial del Estado.
Madrid, 3 de octubre de 2003.--La Directora general, Soledad CÛrdova Garrido.
Acta de la reuniÛn del ComitÈ de Empresa celebrada el dÌa 21 de abril de 2003
Se acuerda la revisiÛn de las tablas salariales en un 4 por 100, subida que ser· efectiva a partir del mes de abril inclusive de 2003.
Se acuerda elevar el valor del ticket de comida a 7 euros a partir de mayo, es decir el prÛximo reparto a realizar en el presente mes de abril.
Se acuerda realizar los tr·mites oportunos para la publicaciÛn de los anteriores acuerdos.
TABLAS SALARIALES A—O 2003
Salario base dÌa Plus Convenio dÌa RetribuciÛn Convenio dÌa PercepciÛn anual CategorÌas
Personal obrero
Oficial de 1.a . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21,69 7,23 28,92 12.292,02
Oficial de 2.a . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21,02 7,00 28,02 11.907,48
Oficial de 3.a . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20,39 6,80 27,19 11.558,30
Especialista . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20,23 6,75 26,98 11.465,48
Mozo especialista almacÈn . . . . 20,23 6,75 26,98 11.465,48
PeÛn . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19,15...
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