Revisión salarial - Industrias de la Ferralla, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2003
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2003
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 188 de 07/08/2003

RESOLUCIÓN de 18 de julio de 2003, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación de la Revisión Salarial y tablas salariales para el año 2003, así como el anexo II del Convenio Colectivo General de Ferralla.

Visto el texto de la Revisión Salarial y tablas salariales para el año 2003, así como el anexo II, del Convenio Colectivo General de Ferralla (Cód. Convenio n.o 9912395) publicado en el B.O.E. de 30-9-2002), que fue suscrito, con fecha 30 de junio de 2003, por la Comisión Negociadora del Convenio, en la que están integradas la organización empresarial 'Asociación Nacional de Industrias de Ferralla' y las sindicales FECOMA-CC.OO., FM-CC.OO. y MCA-UGT, en representación, respectivamente, de las empresa y trabajadores del sector, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, esta Dirección General de Trabajo, resuelve:

Primero.--Ordenar la inscripción de las citadas revisión salarial y tablas salariales, así como del Anexo II, en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.--Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 18 de julio de 2003.--La Directora General, Soledad Córdova Garrido.

Asistentes.

Representación empresarial:

D. Eloy Alonso Fernández.

D. Manuel Fernández Álvarez.

D. Pedro Melendo.

Representación sindical:

D. Antonio Camacho Alcalde (FMM-CC.OO.).

D. José Luis López Pérez (FECOMA-CC.OO.).

D. Saturnino Gil Serrano (MCA-UGT).

En Madrid a 30 de Junio de 2003, en la Sede de ANIFER, c/ Bravo Murillo, n.o 74 1º C de Madrid, se reúnen las personas relacionadas anteriormente con las representaciones que se indican, miembros todos ellos de la Comisión Negociadora del Convenio General de Ferralla, a fin de ratificar el principio de acuerdo alcanzado el pasado día 4 de Junio de 2003 y a tal efecto se llega al siguiente

ACUERDO

Primero.--El Incremento Salarial para el año 2003 queda establecido en 2,80% correspondiente al IPC previsto (2%) más 0,80% y ello desde el 1/1/03.

Segundo.--En el supuesto de que el IPC real de 2003 fuera superior al 2% se procederá a la revisión, con carácter retroactivo desde el 1 de Enero de 2003, de todos los conceptos salariales por el porcentaje resultante de la siguiente fórmula:

% de Revisión = IPC real 2003-2 %

Tercero.--Se conviene en que las materias pendientes de Negociar durante el año 2003 que establece la Disposición Transitoria Segunda del vigente Convenio General sean objeto de negociación conjuntamente con el Incremento Salarial para el 2004, por ello se prorroga la Disposición antes referida y se acuerda como fecha para tratar dichas materias el próximo día 15 de Octubre de 2003.

Cuarto.--Igualmente, y en este mismo acto, se procede a la firma de las Tablas Salariales correspondientes al año 2003, cuyos ejemplares se adjuntan al presente acta.

Quinto.--Se delega en el miembro de la Comisión Paritaria, D. Antonio Camacho Alcalde, para la tramitación y registro para su publicación en el BOE de todos los acuerdos precedentes.

Tabla salarial I 2003

Ávila, Castellón, Ciudad Real, Jaén, Las Palmas, Lleida, Lugo,

Pontevedra, Salamanca, Tenerife

Plus salarial o de asistencia Plus extrasalarial Total mes Pagas extras junio/diciembre Salario anual Salario base

Nivel I . . . . . . 925,66 224,58 60,20 1.210,44 1.210,44 16.946,16

Nivel II . . . . . 873,84 209,63 60,20 1.143,67 1.143,67 16.011,38

Nivel III . . . . 763,66 177,03 60,20 1.000,89 1.000,89 14.012,46

Nivel IV . . . . 685,39 152,25 60,20 897,84 897,84 12.569,76

Nivel V . . . . . 676,08 150,38 60,20 886,66 886,66 12.413,24

Nivel VI . . . . 643,53 139,85 60,20 843,58 843,58 11.810,12

Nivel VII . . . 614,66 130,66 60,20 805,52 805,52 11.277,28

Nivel VIII . . . 653,59 143,22 60,20 857,01 857,01 11.998,14

Nivel IX . . . . 640,32 138,91 60,20 839,43 839,43 11.752,02

Nivel X . . . . . 626,50 134,52 60,20 821,22 821,22 11.497,08

Nivel XI . . . . 619,52 132,20 60,20 811,92 811,92 11.366,88

Nivel XII . . . 606,16 127,90 60,20 794,26 794,26 11.119,64

Tabla salarial II 2003

Almería, Badajoz, Cáceres, Cuenca, Guadalajara, Huesca, León, Ourense,

Soria, Tarragona, Zamora, Zaragoza

Plus salarial o de asistencia Plus extrasalarial Total mes Pagas extras junio/diciembre Salario anual Salario base

Nivel I . . . . . . 957,90 232,28 64,33 1.254,51 1.254,51 17.563,14

Nivel II . . . . . 927,38 222,75 64,33...

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