Acuerdo Calendario Laboral - Carpintería, Ebanistería y Varios, Principado de Asturias

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2015
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2015
Publicado enBoletín Oficial del Principado de Asturias de 07/03/2015

Visto el Acta de la Comisión Mixta de interpretación del Convenio Colectivo del sector de Carpintería, Ebanistería y Varios (expediente C-056/2013, código 33000745011981), recibido a través de medios electrónicos ante el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo del Principado de Asturias el 18 de febrero de 2015, en la que se fija el calendario laboral para el año 2015, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 86.3 en relación con el 90, números 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios y acuerdos Colectivos de trabajo, en uso de las facultades conferidas por Resolución de 3 de julio de 2012, por la que se delegan competencias del titular de la Consejería de Economía y Empleo en el titular de la Dirección General de Trabajo, por la presente,

RESUELVO

Ordenar su inscripción en el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo del Principado de Asturias, con funcionamiento a través de medios electrónicos, dependiente de la Dirección General de Trabajo, así como su depósito y notificación a la Comisión Negociadora.

Oviedo, a 26 de febrero de 2015—El Consejero de Economía y Empleo.—P.D. autorizada en Resolución de 3-07-2012, publicada en el BOPA núm. 156, de 6-07-2012, el Director General de Trabajo.—Cód. 2015-03910.

En Oviedo, a 16 de diciembre de 2014.

Reunida la Comisión Mixta de Interpretación del Convenio Colectivo de Carpintería, Ebanistería y Varios del Principado de Asturias, compuesta por D. Daniel García-Balbín Álvarez y D. Cristina Fernández Díaz en representación de CAC-ASPROCON, y doña Nerea Monroy Rosal, en representación de la Central Sindical MCA-UGT y D. Ernesto Fernández Fuertes, en representación de la CC.OO Construcción y Servicios

ACUERDAN

Fijar provisionalmente los festivos del Convenio para el año 2015 y ello, en base a la jornada anual del año 2013 establecida en 1752 horas. Este acuerdo será revisado por exceso o por defecto en el momento en el que se apruebe la jornada anual del 2015 o por la aplicación de cualquier otro acuerdo estatal o autonómico legalmente establecido y que afecte a la jornada laboral.

Por ello y con el fin de adecuar el calendario laboral para el año 2015, se determinan como días no laborales, abonables y no...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR