Convenio colectivo - Construcción y Obras Públicas, Cantabria

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2017
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2021
Publicado enBoletín Oficial de Cantabria nº 10 de 15/01/2018

Resolución disponiendo la inscripción en el Registro y publicación delAcuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo para elsector de la Construcción y Obras Públicas de Cantabria, para el periodo 2017-2021.

Código 39000365011982.

Visto el texto del Convenio Colectivo para el sector de la Construcción y Obras Públicasde Cantabria, para el periodo 2017-2021, suscrito con fecha 24 de noviembre de 2017 porla Comisión Negociadora del mismo, integrada por las personas designadas por la AsociaciónEmpresarial de Promotores y Constructores de Cantabria en representación de la Patronal ylos designados por los sindicatos UGT-FICA y CCOO-Construcción y Servicios en representación de los trabajadores afectados; y, de conformidad con el artículo 90 del Real DecretoLegislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley delEstatuto de los Trabajadores, y los artículos 2 y 8 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo,sobre Registro y Depósito de los Acuerdos y Convenios Colectivos de Trabajo; y, en relacióncon lo señalado en el Real Decreto 1900/1996, de 2 de agosto, sobre Traspaso de Funciones yServicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Cantabria, y Decreto88/1996, de 3 de septiembre, sobre Asunción de Funciones y Servicios Transferidos, así comoel Decreto 3/2015, de 10 de julio, de Reorganización de las Consejerías de la Administraciónde la Comunidad Autónoma de Cantabria y el Decreto 83/2015, de 31 de julio, por el que semodifica parcialmente la Estructura Básica de las Consejerías del Gobierno de Cantabria.

ACUERDA

1.- Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo dela Comunidad Autónoma de Cantabria, así como proceder a su depósito.

2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y del texto del Convenio Colectivo dereferencia en el Boletín Oficial de Cantabria.

Santander, 5 de enero de 2018.

La directora general de Trabajo,

Ana Belén Álvarez Fernández.

ACTA DE LA COMISION NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVODE LA CONSTRUCCIÓN Y OBRAS PÚBLICAS DE CANTABRIA

En Santander, a las 10:00 horas del día 24 de Noviembre de 2017, se reúne la ComisiónNegociadora del Convenio Colectivo de la Construcción y Obras Públicas de Cantabria con laasistencia, por la representación empresarial, de D. GERVASIO PINT A RIOZ, D. JUAN DEMIGUEL GARCIA, D. LUIS SAIZ GONZALEZ, D. JOSE DOMINGO SAN EMETERIODIEGO, D. JUAN CARLOS ECHEVARRIA RUIZ, D. MAXIMO SAINZ COBO y D. PABLOJAVIER OBREGÓN PERALES, y, por la representación sindical, de D. OSCAR ARROYOPARDO (CCOO), D. MARIANO PEREZ CONDE (CCOO), DÑA. MARIA JOSEFASOBERON GUT IERREZ (CCOO), D. J. CARLOS MENE SES VELARDE (UGT ), D. LUISALBERT O DIEZ SAÑUDO (UGT ), D. JOSE MARÍA GARCÍA RODRIGUEZ,ACUERDAN:

En primer lugar, proceder a la FIRMA DEL CONVENIO COLECT IVO DE LACONST RUCCIÓN Y OBRAS PÚBLICAS DE CANT ABRIA para el año 2017, cuyo texto,debidamente redactado, se acompaña, junto con los anexos correspondientes, siguiendo laspautas establecidas en el VI Convenio General del Sector, manteniéndose las condiciones másbeneficiosas existentes y otras cuestiones remitidas a este ámbito de negociación.

Así mismo, se establece el abono de los atrasos de convenio, devengados durante el presenteaño 2017, como fecha tope con la nomina del mes de Diciembre, todo ello, conindependencia de que aquellos trabajadores que cesen antes del 31 de diciembre de 2017deban ser liquidados en su totalidad con la inclusión de tales atrasos.

En segundo lugar, se nombran los ocho miembros de la Comisión Paritaria de interpretación delpresente convenio, recayendo la designación, por la representación empresarial, en D. JUANDE MIGUEL GARCIA, D. LUIS SAIZ GONZALEZ, D. GERVASIO PINT A RIOZ, y D.PABLO JAVIER OBREGÓN PERALES, y por la representación de los trabajadores, en D.OSCAR ARROYO PARDO (CCOO), D. MARIANO PEREZ CONDE (CCOO), D. J.CARLOS MENESE S VELARDE (UGT ), LUIS ALBERT O DIEZ SAÑUDO (UGT ).

En tercer lugar, se faculta a D. Máximo Sainz Cobo para que presente los correspondientesejemplares del texto del Convenio (y soporte informático), junto con las hojas estadísticas, a laDirección General de Trabajo de Cantabria.

Y en prueba de conformidad, se levanta la reunión,previa lectura y firma de la presente acta enel lugar y fecha indicados.

INDICE

LIBRO I

ASPECTOS GENERALES DEL CONVENIO DEL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN DE CANTABRIA.

TITULO PRELIMINAR DISPOSICIONES GENERALES. Artículos 1 a 13

CAP.I PARTES SIGNATARIAS, NATURALEZA JURÍDICA, ÁMBITOS Y GARANTÍAS.

Art. 1

Partes signatarias, naturaleza jurídica y eficacia obligacional.

Art. 2

Ámbito funcional.

Art. 3

Ámbito personal.

Art. 4

Ámbito territorial.

Art. 5

Ámbito material.

Art. 6

Ámbito temporal.

Art. 7

Vinculación a la totalidad.

Art. 8

Condiciones más beneficiosas.

Art. 9

Derecho supletorio.

CAP.II INAPLICACIÓN DE CONDICIONES DE TRABAJO.

Art. 10

Concepto, materias afectadas, causas y procedimiento.

TITULO I CONDICIONES DE PRESTACIÓN DEL TRABAJO. Artículos 11 a 13

CAP.I CONDICIONES GENERALES DE INGRESO.

Art. 11

Ingreso en el trabajo.

Art. 12

Pruebas de aptitud.

Art. 13

Vigilancia y control de salud.Art. 14 Periodo de prueba.

CAP.II CONTRATACIÓN.

Art. 15

Contratación.

Art. 16

Contrato fijo de plantilla.

Art. 17

Contrato fijo de obra.

Art. 18

Otras modalidades de contratación.

Art. 19

Subcontratación.

Art. 20

Subrogación de personal en contratas de mantenimiento de carreteras o vías férreas, redes de agua,concesiones municipales para el mantenimiento y conservación de aceras, pavimentos, vías públicasy alcantarillado.

CAP.III CLASIFICACIÓN PROFESIONAL.

Art. 21

Clasificación profesional.

CAP.IV ORDENACIÓN Y PRESTACIÓN DEL TRABAJO.

Art. 22

Ordenación del trabajo.

Art. 23

Prestación del trabajo y obligaciones específicas.Art. 24 .

Art. 25

Sistemas científic .

1

Art. 26

Trabajo por tarea, a destajo o por unidad de obra, con primas a la producción o con incentivo.Art. 27 Discreción profesional.

Art. 28

Deberes del empresario.

Art. 29

Reclamaciones de los trabajadores.

CAP.V PRODUCTIVIDAD Y TABLAS DE RENDIMIENTOS.

Art. 30

La productividad como bien jurídicamente protegido.

Art. 31

.

Art. 32

Rendimiento en los sistemas de trabajo con prima o incentivo.Art. 33 Rendimiento en el sistema de .

Art. 34

Establecimiento de tablas de rendimiento.

Art. 35

Tablas de rendimientos y retribuciones.

Art. 36

Revisión de tablas de rendimientos.

Art. 37

Condiciones de aplicación.

Art. 38

Verificación de su cumplimiento.

CAP.VI PROMOCIÓN EN EL TRABAJO.

Art. 39

Ascensos, procedimiento.

CAP.VII PERCEPCIONES ECONÓMICAS: CONCEPTOS Y ESTRUCTURA.

Art. 40

Percepciones económicas.

Art. 41

Estructura de las percepciones económicas en este convenio.

Art. 42

Devengo de las percepciones económicas.

Art. 43

Pago de las percepciones económicas.

Art. 44

Incrementos económicos.

Art. 45

Absorción y compensación.

Art. 46

Antigüedad consolidada.

Art. 47

Complemento por discapacidad.

Art. 48

Gratificaciones extraordinarias.

Art. 49

Prohibición del prorrateo y proporcionalidad en el devengo de las pagas extraordinarias.Art. 50 Trabajos excepcionalmente penosos, tóxicos o peligrosos.

Art. 51

Trabajos...

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