Acuerdo - Personal Laboral de la Administración del Principado de Asturias, Principado de Asturias

Inicio de Vigencia30 de Junio de 2017
Fin de Vigencia30 de Junio de 2017
Publicado enBoletín Oficial del Principado de Asturias de 30/06/2017

Vista la solicitud de inscripción del acta de fecha 10 de abril de 2017 en la que se acuerda la interpretación de la cláusula adicional primera del anexo I del Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración del Principado de Asturias (Expediente C-037/2005, código 33001501011991), recibido a través de medios electrónicos ante el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo del Principado de Asturias el 29 de mayo de 2017, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 91, del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y el artículo 2.1 c) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, en uso de las facultades conferidas por Resolución de 14 de agosto de 2015, por la que se delegan competencias del titular de la Consejería de Empleo Industria y Turismo en el titular de la Dirección General de Trabajo, por la presente,

Ordenar su inscripción en el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo del Principado de Asturias, con funcionamiento a través de medios electrónicos, dependiente de la Dirección General de Trabajo, así como su depósito y notificación a la Comisión Negociadora.

Oviedo, 30 de mayo de 2017.—El Consejero de Empleo, Industria y Turismo.—P.D., autorizada en Resolución de 14-8-2015 (publicada en el BOPA núm. 191, de 18-VIII-2015), el Director General de Trabajo.—Cód. 2017-06979.

ACUERDO DE LA COMISIÓN MIXTA PARITARIA DEL V CONVENIO COLECTIVO PARA EL PERSONAL LABORAL DE LA ADMINISTRACIÓN DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS SOBRE LA INTERPRETACIÓN DE LA CLÁUSULA ADICIONAL PRIMERA, DEL ANEXO I

La creación del Espacio Europeo de Educación Superior ha supuesto, para todos los países involucrados, la adopción de una nueva organización de los estudios universitarios oficiales, iniciado en 1999 con la Declaración de Bolonia.

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Estos cambios en el sistema educativo universitario, hacen necesaria una interpretación de la Cláusula Adicional Primera del anexo I del V Convenio Colectivo de personal laboral de la Administración del Principado de Asturias, aprobado en...

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