Revisión salarial - Panaderías del Principado de Asturias, Principado de Asturias

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2010
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2010
Publicado enBoletín Oficial del Principado de Asturias nº 108 de 12/05/2010

Visto el escrito de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo del sector de (expediente C-31/08, código 3300665) Panaderías del Principado de Asturias, recibido en el Registro de la Consejería de Industria y Empleo el 22-4-10, en la que se acuerda la revisión de las tablas por otros conceptos salariales para el año 2010, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 90, números 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, en uso de las facultades conferidas por Resolución de 3-9-07, por la que se delegan competencias del titular de la Consejería de Industria y Empleo en el titular de la Dirección General de Trabajo y Empleo, por la presente,

Resuelvo

Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de la Dirección General de Trabajo, Seguridad Laboral y Empleo, así como su depósito y notificación a la Comisión Negociadora.

Oviedo, 23 de abril de 2010.—El Director General de Trabajo, Seguridad Laboral y Empleo (P.D. autorizada en Resolución de 3-9-07, publicada en el BOPA núm. 217, de 17-9-07).—9.812.

Incremento salarial ipc 0.8%

Convenio colectivo de panadería año 2010

Horas extraordinarias

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Artículos modificados según el incremento salarial correspondiente
Art. 9 Bolsa de vacaciones 100.74 €
Art. 13 Antigüedad Hasta dos años de servicio 6.16 €
A los dos años de servicio 30.38 €
A los cuatro años de servicio 59.39 €
A los nueve años de servicio 106.81 €
A los catorce años de servicio 153.70 €
A los diecinueve años de servicio 201.06 €
A los veinticuatro años de servicio 236.04 €
Art. 14 Mecanización
Panaderias Totalmente mecanizadas 97.34 €
Panaderias semi-mecanizadas 81.35 €
Contrato de formación, aprendices y pinches
Panaderias Totalmente mecanizadas 49.40 €
Panaderias semi-mecanizadas 41.16 €
Art. 16 Quebranto de moneda 10.68 €
Art. 17 Complemento personal 45.60 €
Art. 18 Suministro de pan 0,47 €
Tabla salarial
Personal administrativo
Jefe de Oficina y Contabilidad 991,59 €
Oficial Administrativo 928,67 €
Auxiliar de Oficina 883,62 €
Panaderías totalmente mecanizadas
Jefe de Fabricación 1.010,48 €
Jefe de Taller Mecánico 974,70 €
Ayudante de Encargado 880,70 €
Amasador 883,62 €
Ayudante de Amasador 880,70 €
Especialista, fogonero, gasista encendedor, oficial 879,72 €
Mecánico de 1ª 879,72 €
Mecánico de 2ª 868,06 €
Mecánico de 3ª 866,13 €
Peón 855,42
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