Acta - Fábrica Nacional de Moneda y Timbre - Real Casa de la Moneda, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia15 de Abril de 2003
Fin de Vigencia15 de Abril de 2003
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 48 de 25/02/2004

RESOLUCIÓN de 4 de febrero de 2004, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación del Acta de 30 de julio de 2003, donde se recogen los acuerdos sobre las modificaciones de nivel salarial y definiciones de varias categorías profesionales, así como la creación de otras nuevas, correspondientes al arbitraje de la Inspección Provincial de Trabajo de la valoración del segundo semestre de 1999, en la Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, que forman parte del IX Convenio Colectivo.

Visto el texto del Acta de fecha de 30 de julio de 2003 donde se recogen los acuerdos sobre las modificaciones de nivel salarial y definiciones de varias categorías profesionales, asícomo la creación de otras nuevas, correspondientes al arbitraje de la Inspección Provincial de Trabajo de la valoración del segundo semestre de 1999 en la Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, que forman parte del IX Convenio Colectivo (Código de Convenio n.o 9002052), acuerdos que han sido logrados por la Comisión Mixta de Valoración de la que forman parte la representación de la Dirección de la empresa y de los trabajadores (Comité de Empresa) en representación de ambas partes, al que se acompaña informe favorable emitido por los Ministerios de Economía y Hacienda y Administraciones Públicas (Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones), en cumplimiento de lo previsto en la Ley 52/2002, de30 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado para el año 2003 y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90 apartados 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.--Ordenar la inscripción de los citados Acuerdos en el correspondiente registro de este Centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora, con la advertencia a la misma del obligado cumplimiento de la Ley 52/2002, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2003, en la Ejecución de dicho Convenio Colectivo.

Segundo.--Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 4 de febrero de 2004.--La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

ACTA FINAL

Anexo al Acta de fecha 15 de abril de 2003 correspondiente a la revisión de valoración del segundo semestre de 1999

En Madrid, a 30 de julio de 2003, se reúnen los miembros de la Comisión Mixta de Valoración citados al margen, elaborando la presente acta donde se recogen los resultados de valoración de los puestos de trabajo correspondientes al segundo semestre de 1999, que se sometieron al arbitraje de la Inspección Provincial de Trabajo.

Representantes de Dirección:

Don Fernando Lobo de Dios.

Doña María Carmen Martín Sierra (Asesor).

Representantes de los trabajadores:

Don Francisco Galán Roncero.

Don Rafael Luque Jurado (Asesor).

Se han recibido los resultados emitidos por la Inspección Provincial de Trabajo de los puestos que se sometieron a arbitraje:

Puestos valorados o revisados a petición de los Departamentos

PUESTOS DE NUEVA CREACIÓN

Personal Operario:

Maquinista Serigrafía-Minerva-Tipografía. Imprenta: 10.

PUESTOS QUE NO SUBEN DE NIVEL

Personal Administrativo:

Administrativo Caja Metálico. Economía y Finanzas: 8.

Personal Operario:

Oficial 1.a Jefe de Equipo Máquina Calcográfica 2 + colores. Documentos de Valor: 10.

Respecto al puesto de trabajo de Conductor-Almacenero. Fábrica de Papel, el árbitro indica que los cambios introducidos en el puesto implican tener que valorar el mismo, por lo que procede su valoración en el 1.er semestre de 2000.

Puestos revisados por reclamación de sus ocupantes

PUESTOS DE TRABAJO QUE SUBEN DE NIVEL

Personal Mando:

Jefe de Almacén. Secretaría General: 10.

Personal Operario:

Oficial 1.a Jefe de Equipo Hincado y Pulido. Moneda: 9.

PUESTOS QUE NO SUBEN DE NIVEL

Personal Mando:

Jefe de Expediciones. Secretaría General: 10.

Personal Operario:

Oficial 1.a Hincado y Pulido-Pulido Cospeles. Imprenta: 8.

Oficial 1.a Hincado y Pulido. Moneda: 7.

Oficial 2.a Máquina Rotativa de Boletos. Imprenta: 7.

Respecto a los puesto de trabajo de Auxiliar de Mantenimiento. Fábrica de Papel, Oficial 1.a Guillotinero. Timbre y Maquinista Texel-Serigrafía.

Imprenta, el árbitro indica que los cambios introducidos en...

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