Acta - Fabricación de Pastas, Papel y Cartón, Guipúzcoa
Inicio de Vigencia | 1 de Enero de 2004 |
Fin de Vigencia | 31 de Diciembre de 2004 |
Publicado en | Boletín Oficial de Guipuzkoa nº 43 de 04/03/2004 |
Revisión Salarial N.º de Orden 247/03-F. 1.344
Vista la documentación presentada el día 27 de enero de 2004, por la comisión negociadora del convenio colectivo de «Fabricación de pastas, papel y carton», (código de convenio n.º 2000965), de ámbito provincial, registrado con fecha 7 de enero de 2004, a la que se adjunta el correspondiente acuerdo firmado por la misma en la reunión celebrada el día veintitrés de enero del año en curso, sobre aplicación de la revisión salarial prevista en el Anexo III del texto del convenio colectivo y que surtirá efectos desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2004, solicitando su registro, depósito y publicación, de conformidad con lo dispuesto en el art. 90, 2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Boletín Oficial del Estado de 29-03-1995), en relación con el Real Decreto 1.040/1981, de 22 de mayo, Decreto del Gobierno Vasco 39/1981, de 2 de marzo, sobre creación y organización del Registro de Convenios Colectivos y Orden de 3 de noviembre de 1982, que los desarrolla, en relación con el Real Decreto 2.209/1979, de 7 de setiembre y Decreto 44/2002, de 12 de febrero (publicado en el Boletín Oficial del País Vasco de 20 de febrero), por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social,
Esta Delegación Territorial,
ACUERDA
Primero.?Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de esta Delegación Territorial, con notificación a la comisión negociadora.
Segundo.?Depositar una copia del mismo en la Sección de Relaciones Colectivas de esta Delegación.
Tercero.?Disponer su publicación en el Boletin Oficial de Gipuzkoa.
Donostia-San Sebastián, a 19 de febrero de 2004.?La Delegada Territorial, Gemma Jauregi Beldarrain.
(1010) (1643)
ACTA REVISION CONVENIO COLECTIVO DE FABRICACION DE PASTA, PAPEL Y CARTON DE GIPUZKOA 2004
En Donostia-San Sebastián, el día 23 de enero de 2004, se reúnen los representantes Xabier Blanch, Pello Iriarte, Juanjo Munárriz (LAB) Juan Sayavera, José Martín, Manuel Correa (CCOO), Sebastián Linazasoro, José María Díez (UGT) que representan a las citadas centrales sindicales e Iñaki Olasagasti, José M.ª Repáraz, Francisco Tuduri, Juan Martín Alonso, Iñaki Berrospe, José Manuel Ayo, Arturo R. García, Juan Ramón Apezetxea que representan a la Asociación Empresarial ADEGI, firmantes del Convenio Colectivo de Fabricación de Pastas, Papel y Cartón de Gipuzkoa 2003-2005 y acuerdan:
-
Aceptar como aumento del Indice de Precios al Consumo en el año 2003 el de 2,6%.
-
Confeccionar las tablas de los anexos II ?Compensación por Jornada Continuada?, Anexo III ?Salario Convenio y Gratificaciones? y Anexo IV ?Antigüedad?, de acuerdo con lo pactado para el año 2004 en el documento que lleva por título «Acta de firma de modificaciones al Convenio Colectivo del Convenio Colectivo básico de Pastas, Papel y Cartón» firmado el 5 de diciembre del 2003, esto es, incrementando los valores de las tablas de 2003, en un 4,4%.
-
Confeccionar las tablas del Anexo V ?Plus de Nocturnidad y Toxicidad?, de acuerdo con lo pactado para el año 2004 en el acta mencionada incrementando los valores de las tablas de 2003 en un 4,4%.
-
Establecer en el Anexo VI de Mínimos Non-Stop y Correturnos, como retribución mínima garantizada en el sistema de trabajo Non-Stop para el período de 1 de enero de 2004 al 31 de diciembre de 2004 el de 422,21 euros, y la retribución mínima garantizada en el sistema de trabajo de Correturnos para el mismo período, en las siguientes cantidades:
Turno de mañana: 35,13 euros.
Turno de tarde: 52,68 euros.
Turno de noche: 70,25 euros.
-
Establecer, en el Anexo VII, que las cantidades totales Non-Stop y Correturnos percibidas por el trabajador en 2004, se incrementarán en un 3,9% para el período 1 de enero de 2004 a 31 de diciembre de 2004.
-
Fijar como garantía mínima de incremento para 2004, en el Anexo VIII, la retribución total teórica bruta de cada trabajador en 2003 incrementada en un 3,4%.
-
Aprobar las Tablas y los Anexos modificados confeccionados con los criterios antes acordados.
-
Facultar al Representante de Adegi, para presentar estos acuerdos ante la Delegación Territorial de Trabajo de Gipuzkoa, a los efectos de registro y publicación.
Y en prueba de conformidad, firman la presente acta en lugar y fecha expresados en el encabezamiento.
ANEXO II
COMPENSACION POR JORNADA CONTINUADA
2004 urtea / Año 2004
Kategoria
CategoríaEuro
EurosTaldea / Grupo
1
4,41
Taldea / Grupo
2
4,72
Taldea / Grupo
3
4,75
Taldea / Grupo
4
4,85
Taldea / Grupo
5
5,13
Taldea / Grupo
6
5,43
Taldea / Grupo
7
5,70
Taldea / Grupo
8
6,25
Taldea / Grupo
9
6,79
Taldea / Grupo
10
7,42
Taldea / Grupo
11
8,08
Taldea / Grupo
A
4,41
Taldea / Grupo
B
4,44
Taldea / Grupo
C
4,46
Taldea / Grupo
D
4,50
Taldea / Grupo
E
4,59
Taldea / Grupo
F
4,60
Taldea / Grupo
G
4,62
Taldea / Grupo
H
4,73
Taldea / Grupo
I
4,81
Taldea / Grupo
J
4,85
Taldea / Grupo
K
4,92
ANEXO III
SALARIO CONVENIO Y GRATIFICACIONES
2004 urtea / Año 2004
Hitzarmen alokairua 365 egun edo 12 hilabete
Salario Convenio
365 días o doce meses
Hilean
edo
eguneanMes o
díaAparteko haborokinak
uztaila eta gabonak
Gratificaciones extraordinarias
julio y navidad
Kategoria / Categoría
Euro / Euros
Euro / Euros
Euro / Euros
Taldea / Grupo
0-1
12.761,04
1.063,42
1.238,54
Taldea / Grupo
0-2
11.805,60
983,80
1.158,95
Taldea / Grupo
0-3
11.478,84
956,57
1.131,71
Taldea / Grupo
0-4
11.411,88
31,18
1.107,60
Taldea / Grupo
1
14.047,08
38,38
1.322,39
Taldea / Grupo
2
14.802,00
1.233,50
1.408,62
Taldea / Grupo
3
14.976,36
1.248,03
1.423,13
Taldea / Grupo
4
15.216,96
1.268,08
1.443,23
Taldea / Grupo
5
15.944,40
1.328,70
1.503,82
Taldea / Grupo
6
16.828,20
1.402,35
1.577,49
Taldea / Grupo
7
17.577,48
1.464,79
1.639,93
Taldea / Grupo
8
19.097,64
1.591,47
1.766,62
Taldea / Grupo
9
20.515,20
1.709,60
1.884,75
Taldea / Grupo
10
22.347,96
1.862,33
2.037,48
Taldea / Grupo
11
24.211,32
2.017,61
2.192,74
Taldea / Grupo
A
14.047,08
38,38
1.322,39
Taldea / Grupo
B
14.109,30
38,55
1.327,38
Taldea / Grupo
C
14.208,12
38,82
1.336,92
Taldea / Grupo
D
14.339,88
39,18
1.347,05
Taldea / Grupo
E
14.511,90
39,65
1.361,63
Taldea / Grupo
F
14.570,46
39,81
1.366,61
Taldea / Grupo
G
14.629,02
39,97
1.371,63
Taldea / Grupo
H
14.936,46
40,81
1.396,52
Taldea / Grupo
I
15.189,00
41,50
1.416,30
Taldea / Grupo
J
15.302,46
41,81
1.426,27
Taldea / Grupo
K
15.419,58
42,13
1.436,10
ANEXO IV
ANTIGUEDAD
2004 urtea / Año 2004
size=1>
Kategoria / Categoría
3
6
11
16
21
26
31
36
41
Euro
EurosEuro
EurosEuro
EurosEuro
EurosEuro
EurosEuro
EurosEuro
EurosEuro
EurosEuro
EurosTaldea / Grupo
1
0,97
1,91
3,87
5,80
7,74
9,65
11,56
13,48
15,40
Taldea / Grupo
2
31,31
62,57
125,19
187,76
250,29
312,93
375,50
438,07
500,69
Taldea / Grupo
3
31,67
63,44
126,85
190,31
253,73
317,09
380,55
443,98
507,43
Taldea / Grupo
4
32,77
65,52
130,97
196,48
262,01
327,46
393,02
458,48
523,99
Taldea / Grupo
5
35,30
70,64
141,22
211,87
282,49
353,08
423,67
494,28
564,88
Taldea / Grupo
6
38,42
76,79
153,58
230,20
307,23
384,02
460,81
537,61
614,44
Taldea / Grupo
7
41,01
82,04
164,12
246,14
328,24
410,30
492,35
574,40
656,46
Taldea / Grupo
8
46,34
92,73
185,49
278,23
370,89
463,65
556,39
649,17
741,82
Taldea / Grupo
9
51,34
102,68
205,33
308,02
410,70
513,38
616,12
718,75
821,46
Taldea / Grupo
10
57,79
...
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