Revisión salarial - Elaboradores de Productos Cocinados para su Venta a Domicilio, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2004
Fin de Vigencia 1 de Diciembre de 2004
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 64 de 15/03/2004

RESOLUCIÓN de 24 de febrero de 2004, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación de la revisión salarial del V Convenio Colectivo Estatal de Elaboradores de Productos Cocinados para su Venta a Domicilio.

Visto el texto de la revisión salarial del V Convenio Colectivo Estatal de Elaboradores de Productos Cocinados para su Venta a Domicilio (Código de Convenio n.o 9908685), que fue suscrito con fecha 29 de enero de 2004 de una parte por la Asociación Empresarial PRODELIVERY en representación de las empresas del sector y de otra por la central sindical UGT en representación del colectivo laboral afectado y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del RealDecreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo, resuelve:

Primero.--Ordenar la inscripción de la citada Revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.--Disponer su publicación en el 'Boletín Oficial del Estado'.

Madrid, 24 de febrero de 2004.--La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO DE ELABORADORES DE PRODUCTOS COCINADOS PARA SU VENTA A DOMICILIO

Por PRODELIVERY:

Alberto Blanco.

Fernando Echecopar.

Carmen López.

M.a Jesús Barrio.

José Miguel Molero.

Daniel Macho.

Jesús López-Cancio.

Eduardo Ortiga.

Por U.G.T.:

Luis Miguel García.

Mario Prieto.

Inmaculada García.

David Fraile.

José Fco. Pizarro.

Sebastián Serena.

Aladino Pérez.

Ximo Alite.

Santos Nogales.

Javier Jiménez.

En Madrid, a 29 de enero de 2004, siendo las 10.00 horas de su mañana, se reúnen las partes reseñadas en el encabezamiento en su calidad de representación de la patronal y de los trabajadores, respectivamente, de la Comisión negociadora del Convenio Colectivo de Productos Cocinados para su Venta a Domicilio.

El motivo de la presente reunión es proceder a la firma de las tablas salariales correspondientes al ejercicio 2004 en cumplimiento de lo previsto en el Anexo de condiciones económicas, apartados 1º y 2º del vigente Convenio Colectivo. En atención al redactado del citado apartado 2º se procede a aplicar un incremento a cuenta del IPC previsto para 2004, concretamente un 2%, más el 0,8%. Por lo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR