Revisión salarial - McDonald´s Sistemas de España Inc. (Sucursal en España), Comunidad de Madrid

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2003
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2004
Publicado enBoletín Oficial de la Comunidad de Madrid nº 70 de 23/03/2004

Resolución de 16 de febrero de 2004, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empleo y Mujer, sobre registro, depósito y publicación de la revisión salarial del convenio colectivo de la empresa "McDonald's Sistemas de España, Inc. Sucursal en España" (código número 2808072).

Examinado el texto de la revisión salarial del convenio colectivo de la empresa "McDonald's Sistemas de España, Inc. Sucursal en España", suscrita por la comisión negociadora del mismo el día 4 de noviembre de 2003, completada la documentación exigida en el artículo 6 del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito deconvenios colectivos de trabajo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de dicho Real Decreto, en el artículo 90.2 y 3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, en el artículo 12 del Decreto 61/2003, de 21 de noviembre, por el que se establece el número y denominación delas Consejerías de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 11 del Decreto 227/2003, de 24 de noviembre, por el que se modifican parcialmente las estructuras de las diferentes Consejerías de la Comunidad de Madrid, esta Dirección General

RESUELVE

  1. Inscribir dicha revisión salarial en el Registro Especial de Convenios Colectivos de esta Dirección y proceder al correspondiente depósito en este Organismo.

  2. Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 16 de febrero de 2004.?El Director General de Trabajo, Javier Vallejo Santamaría.

Acta

En Madrid, a 21 de noviembre de 2003, siendo las diez y treinta horas, se reúnen en el domicilio de la empresa "McDonald's Sistemas de España, Inc. Sucursal en España", sito en la calle General Marcelo Spínola, número 4, 28016 Madrid, los miembros del comité, asesores de los restaurantes que no tienen delegados de personal y representantes de la citada empresa.

Abierta la reunión, ambas partes se reconocen mutua legitimación y representatividad para llevar a cabo la subida salarial para el año 2003, y a tal fin acuerdan por unanimidad:

? Una subida salarial para el año 2003 de un 2,5 por 100, con efecto retroactivo al 1 de enero de 2003, para todos los conceptos salariales, subida que será actualizada al alza

en el supuesto de que el IPC real para el año 2003 sea superior a éste (2,5 por 100). La actualización tendrá lugar a partir de que se tenga...

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