Revisión salarial - Fabricación de Calzado Artesano Manual y Ortopedia y a Medida y Talleres de Reparación y Conservación del Calzado Usado, Normativa Estatal
Inicio de Vigencia | 1 de Enero de 2003 |
Fin de Vigencia | 31 de Diciembre de 2004 |
Publicado en | Boletín Oficial del Estado nº 097 de 21/04/2004 |
RESOLUCIÓN de 30 de marzo de 2004, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación de los Acuerdos de revisión salarial para los años 2003 y 2004, así como las tablas salariales, del Convenio Colectivo del Sector de Fabricación de Calzado Artesano Manual y Ortopedia y a Medida, y Talleres de Reparación y Conservación de Calzado Usado y Duplicado de Llaves.
Visto el texto de las actas, de fecha 16 de marzo de 2004, donde se recogen, respectivamente, los acuerdos de revisión salarial para los años 2003 y 2004, así como las tablas salariales para dichos años, del Convenio Colectivo del Sector de Fabricación de Calzado Artesano Manual y Ortopedia y a Medida, y Talleres de Reparación y Conservación de Calzado Usado y Duplicado de Llaves (publicado en el BOE. de 25-7-2003), Código de Convenio n.o 9906955, que han sido suscritas, de una parte, por la organización empresarial F.N.P.A.C.-R.M.O., en representación de las empresas del sector, y de otra, por las organizaciones sindicales FIA-UGT y FITEQA-CC.OO., en representación de los trabajadores del sector y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, porel que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero: Ordenar la inscripción de las citadas actas y tablas salariales en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo: Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 30 de marzo de 2004.--La Directora general, Soledad Córdova Garrido.
CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE FABRICACIÓN DEL CALZADO ARTESANO MANUAL Y ORTOPEDIA Y A MEDIDA Y TALLERES DE REPARACIÓN Y CONSERVACIÓN DEL CALZADO USADO Y DUPLICADO DE LLAVES DE ÁMBITO ESTATAL PARA EL 2003-2006
En Madrid a 16 de marzo del 2004 y en el domicilio social de la Federación Nacional Profesional de Artesanos del Calzado (Reparación y Medida-Ortopedia), c/ Alenza, n.o 13 - 3.a planta, de Madrid, se reúnen las partes con representación en este convenio.
Reunidos de una parte la representación de los Trabajadores, representada en la mesa Por Fiteqa CC.OO. y Fía UGT y por parte la representación empresarial, representada por la Federación Nacional Profesional de Artesanos del Calzado, para proceder a la revisión de los salarios del año 2003, en función de lo previsto en el Art. del Convenio Colectivo del sector con vigencia 2003 y 2006, manifiestan lo siguiente:
Acuerdan proceder a la revisión de los citados salarios en un 0'6 %, en función de la constatación de que el IPC anual del citado año ha supuesto un 3,1 % y en este acto, firman las tablas correspondientes al citado año sujetas al incremento establecido por el diferencial mencionado del IPC anual.
Lo firman a los efectos de su aplicación en las empresas del sector y de su traslado a la Dirección General de Trabajo a los efectos de su publicación en el Boletín Oficial...
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