Revisión salarial - Industrias de Aguardientes, Compuestos, Licores y Sidreras de la Región de Murcia, Región de Murcia

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2004
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2004
Publicado enBoletín Oficial de la Región de Murcia nº 93 de 23/04/2004

Resolución de 1 de abril de 2004, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación de la revisión del convenio colectivo de trabajo de industrias de aguardientes, compuestos y licores. Expediente 26/ 02

Visto el expediente de Revisión del Convenio Colectivo de Trabajo de Industrias de Aguardientes, Compuestos y Licores (Código de Convenio número 3000065) de ámbito Sector, suscrito con fecha 24-03-2004 por la Comisión Negociadora del mismo, y de conformidad con lo establecido en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 1/ 1995, de 24 de marzo, Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (« Boletín Oficial del Estado» número 75, de 28.03.1995) y en el Real Decreto 1.040/ 1981,de 22 de mayo, Registro y Deposito de Convenios Colectivos de Trabajo (« Boletín Oficial del Estado» número 135, de 06.06.1981).

Resuelvo:

Primero.

-Ordenar la inscripción de la citada Revisión de Convenio Colectivo de Trabajo en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

-Disponer su publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia».

Murcia, 1 de abril de 2004.? El Director General de Trabajo.

? P. D., el SubdirectorGeneral de Trabajo, Pedro Juan González Serna.

Convenio colectivo de trabajo para las industrias aguardientes, compuestos, licores y sidreras de la Región de Murcia Acta de Reunión de la Comisión Paritaria En Murcia, en los locales de la CROEM, calle Acisclo Díaz, siendo las 11 horas del día 24 de Marzo de 2004, se reúnen los señores/ as que a continuación se relacionan , al objeto de firmar las tablas salariales del año 2004 del Convenio Colectivo de las Industrias Aguardientes, Compuestos, Licores y Sidreras de la Región de Murcia, según competencias indicadas en el artículo 40 del citado Convenio Colectivo.

Por la parte empresarial:

Pedro Jesús García Carrillo (Destilerías Gulf Stream, S...

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