Acuerdo de modificación - Kraft Foods España, SA. (centro de trabajo de Mahón (Menorca))., Principado de Asturias

Inicio de Vigencia20 de Abril de 2004
Fin de Vigencia20 de Abril de 2004
Publicado enBoletín Oficial de las Islas Baleares nº 069 de 18/05/2004

Dirección General de Trabajo y Salud Laboral

Referencia: Sección: Ordenación Laboral (Convenios colectivos)

Expediente: 140 (Libro 3, asiento 10).

Código del convenio: 0701012.

La representación legal empresarial y la de los trabajadores del Personal Laboral del centro de trabajo de Mahón (Menorca), de la empresa Kraft Foods España, S.A. , han suscrito la nueva redacción del artículo 55 (Premio de Jubilación), de su convenio colectivo que fue publicado en el BOIB Núm. 144 del 18-10-2003;y he visto el expediente, y de acuerdo con el artº 90.3 del Estatuto de los Trabajadores, el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo y el artº 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero (BOE del 14.1.99); R E S U E L V O: 1.- Inscribirlo en el Libro de Registro de Convenios Colectivos de la Dirección General de Trabajo y Salud Laboral, depositarlo en la misma e informar de ello a la Comisión Negociadora.

  1. - Publicar esta resolución y el acuerdo de la citada modificación, en el BOIB.

Palma, 20 de abril de 2004

La Directora General de Trabajo Salud Laboral

Margalida G. Pizà Ginard

Artículo 55. Premio de Jubilación.

1) Al producirse la jubilación, la empresa abonará a los trabajadores un premio de jubilación por año de servicio según el siguiente escalado.

AÑO 2003 AÑO 2004 AÑO 2005

a los 65 años 210,54 216,86 222,28

a los 64 años 228,10 234,95 240,82

a los 63 años 236,86 243,96 250,06

a los 62 años 254,11...

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