Convenio colectivo - Torrefactores de Café y Fabricantes de Sucedáneos, Comunidad de Madrid

Inicio de Vigencia 1 de Abril de 2017
Fin de Vigencia31 de Marzo de 2019
Publicado enBoletín Oficial de la Comunidad de Madrid nº 67 de 19/03/2018

Examinado el texto del Convenio Colectivo del Sector de Torrefactores del Café y Fabricantes de Sucedáneos, suscrito por la Asociación Madrileña de Industriales del Café, UGT y CC OO, el día 16 de octubre de 2017, completada la documentación exigida en los artículos 6 y 7 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1 a) de dicho Real Decreto, en el art. 90.2 y 3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre y en el artículo 14 del Decreto 193/2015 de 4 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, y por el que se regulan sus competencias, esta Dirección General,

RESUELVE

  1. Inscribir dicho Convenio, en el Registro Especial de Convenios Colectivos de esta Dirección, y proceder al correspondiente depósito en este Organismo.

  2. Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 19 de febrero de 2018.—El Director General de Trabajo, Ángel Jurado Segovia.

CONVENIO COLECTIVO DE “TORREFACTORES DE CAFÉ Y FABRICANTES DE SUCEDÁNEOS” (Código 28004005011981)

El presente Convenio se suscribe, de una parte, por la Asociación Madrileña de Industriales del Café y, de otra, por la FICA-UGT Madrid y CC...

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