Acuerdo - Empresas de Enseñanza Privada Sostenidas Total o Parcialmente con Fondos Públicos, Normativa Estatal
Inicio de Vigencia | 17 de Marzo de 2004 |
Fin de Vigencia | 17 de Marzo de 2004 |
Publicado en | Boletín Oficial del Estado nº 140 de 10/06/2004 |
RESOLUCIÓN de 20 de mayo de 2004, de la Dirección General de Trabajo por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación del Acuerdo sobre la paga extraordinaria por antigüedad correspondiente a la Comunidad Autónoma de Castilla y León, remitido por la Comisión Paritaria del IV Convenio Colectivo de Empresas de Enseñanza Privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos.
Visto el texto del Acuerdo suscrito el 17 de marzo de 2004 sobre la paga extraordinaria por antigüedad correspondiente a la Comunidad Autónoma de Castilla y León, remitido por la Comisión Paritaria del IV Convenio Colectivo de Empresas de Enseñanza Privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos, dando cumplimiento a lo previsto en el artículo 61 y Disposición Transitoria Tercera del citado Convenio (publicado en el BOE. de 17-10-00), (Código de Convenio n.o 9908725), que fue suscrito por E y G, CECE en representación de las empresas del sector, y de otra parte por las CentralesSindicales USO y FSIE en representación de los trabajadores del sector, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.--Ordenar la inscripción del citado Acuerdo en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.--Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 20 de mayo de 2004.--El Director General, Esteban Rodríguez Vera.
ACUERDO DE 17 DEMARZO DE 2004, ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y LAS ORGANIZACIONES PATRONALES Y SINDICALES MÁS REPRESENTATIVAS, RELATIVO A LA GESTIÓN DE LA PAGA EXTRAORDINARIA POR ANTIGÜEDAD EN LA EMPRESA ESTABLECIDA EN EL ARTÍCULO 61 DEL IV CONVENIO COLECTIVO DEEMPRESAS DE ENSEÑANZAS PRIVADA SOSTENIDAS TOTAL O PARCIALMENTE CON FONDOS PÚBLICOS
Reunidas de una parte la Consejería de Educación y por otra las Organizaciones Patronales Educación y Gestión de Castilla y León, la Confederación Española de Centros de Enseñanza de Castilla y León y las Organizaciones Sindicales Federación de Sindicatos Independientes de Enseñanza de Castilla y León y Unión Sindical Obrera de Castilla y León, más representativas de la Enseñanza Privada Sostenida Total o...
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