Revisión salarial - Valdezcaray SA (Centro de Trabajo de Ezcaray), La Rioja

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2004
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2004
Publicado enBoletín Oficial de la Rioja nº 77 de 17/06/2004

Revisión salarial para el año 2004 del Convenio Colectivo de trabajo de aplicación a la empresa Valdezcaray, S.A. de Ezcaray (La Rioja) para los años 2003, 2004, 2005 y 2006

Visto el texto de la Revisión Salarial para el año 2004 correspondiente al Convenio Colectivo de Trabajo de aplicación a la empresa Valdezcaray, S.A. de Ezcaray (La Rioja) para los años 2003, 2004, 2005 y 2006 (Código núm. 2600642), prevista en el citado Convenio y suscrito al efecto por la Comisión Paritaria del mismo con fecha 22 de abril de 2004, y de conformidad con lo dispuesto en el Art. 90.2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/95, de 24 de marzo (B.O.E. del 29), por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y Art. 2 del Real Decreto 1040/81, de 22 de mayo (BOE del 6 de junio) sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de Trabajo.

Esta Dirección General de Empleo y Relaciones Laborales Acuerda:

  1. - Ordenar su inscripción en el correspondiente Registro de Convenios Colectivos de Trabajo de esta Dependencia, con notificación a la citada Comisión.

  2. - Disponer su publicación en el "Boletín Oficial de La Rioja".

En Logroño a 26 de mayode 2004.- Directora General de Empleo y Relaciones Laborales, Mª Concepción Arruga Segura.

Revisión Económica Año 2004

En la ciudad de Logroño, siendo las dieciocho horas del día veintidós de abril de dos mil cuatro, se reúnen, en la sede de la Unión General de Trabajadores, los siguientes señores: D. Rodolfo Valgañon Mateo, como Director Gerente de Valdezcaray S.A., Sociedad de Esquí y Montaña, asistido por el Letrado D. Javier Fernández de la Pradilla Ochoa. Y de otra D. Sebastián García Santamaría, asistido por D. José Antonio Martín Aparicio, en representación de la Unión General de Trabajadores, todos ellos componentes de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de Trabajo para la empresa Valdezcaray S.A. para los años 2003, 04, 05, 06.

El motivo de la reunión es establecer la revisión económica pactada en el artículo 13º del Convenio, para el año 2004, segundo año de vigencia aplicable a los conceptos de Salario Base, Quebranto de Moneda, Transporte y Plus de Conductor, Ayuda de Estudios, Bolsa Económica, Póliza de Seguros.

De conformidad con lo anterior, en función de las competencias asignadas a la Comisión Paritaria, se adoptan, por unanimidad, los siguientes acuerdos:

Primero.- Incremento Salarial Año 2004. De acuerdo con lo estipulado al efecto para el segundo año de su...

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