Convenio colectivo - Grupo Hermanos Martín, Andalucia

Inicio de Vigencia 8 de Julio de 2014
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2017
Publicado enBoletín Oficial de la Junta de Andalucía nº 211 de 29/10/2014

Visto el texto del II Convenio Colectivo de Grupo Hermanos Martín (Cód. 71001573012010), suscrito por la representación de la empresa y la de los trabajadores con fecha 8 de julio de 2014, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

RESUELVO

Primero. Ordenar la inscripción, depósito y publicación del citado Convenio Colectivo en el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo. Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 22 de octubre de 2014.- El Director General, Mauel Gabriel Pérez Martín.

TEXTO ARTICULADO DEL II CONVENIO COLECTIVO DE GRUPO HERMANOS MARTÍN

ÍNDICE:

Título Preliminar: De la Negociación Colectiva

Capítulo I Partes Firmantes.
Artículo 1 Partes signatarias.
Capítulo II Ámbito de aplicación.
Artículo 2 Ámbito Funcional.
Artículo 3 Ámbito Territorial.
Artículo 4 Ámbito Personal.
Artículo 5 Ámbito Temporal.
Capítulo III Denuncia y prórroga. Absorción y compensación. Condición más beneficiosa. Unidad e indivisibilidad del Convenio.
Artículo 6 Denuncia y prórroga.
Artículo 7 Absorción y compensación.
Artículo 8 Unidad e indivisibilidad del Convenio.
Capítulo IV Comisión paritaria.
Artículo 9 Composición y funciones.
Capítulo V Clasificación profesional.
Artículo 10 Disposiciones generales y actividades.
Artículo 11 Factores de valoración.
Artículo 12 Distribución por grupos, actividades y especialidades profesionales.
Artículo 13 Reordenación profesional.
Artículo 14 Promoción profesional y cobertura de vacantes.
Capítulo VI Organización del trabajo.
Artículo 15 Jornada.
Artículo 16 Distribución de la jornada.
Artículo 17 Calendario Laboral.
Artículo 18 Horario de trabajo

Cuadro horario.

Artículo 19 Descanso semanal.
Artículo 20 Trabajo en domingos y festivos.
Artículo 21 Horas extraordinarias.
Artículo 22 Fiestas.
Artículo 23 Vacaciones.
Artículo 24 Permisos retribuidos.
Artículo 25 Permisos no retribuidos.
Artículo 26 Permisos recuperables.
Capítulo VII Movilidad funcional y geográfica.
Artículo 27 Movilidad funcional.
Artículo 28 Movilidad geográfica.
Artículo 29 Movilidad intercentro.
Capítulo VIII Contratación. Modalidades y duración del contrato.
Artículo 30 Contratación.

30.1. Indefinida. Tiempo completo y tiempo parcial.

30.2. Suspensiones en contratación temporal.

30.3. Contrato por obra o servicio determinada.

30.4. Contrato eventual.

30.5. Contrato de interinidad.

30.6. Contrato de a tiempo parcial.

30.7. Contrato de formación.

Artículo 31 Período de prueba.
Artículo 32 Preavisos y ceses.
Capítulo IX Sistema retributivo.
Artículo 33 Salario base de grupo.
Artículo 34 Pagas extras.
Artículo 35 Complemento de productividad.
Artículo 36 Otros complementos salariales.
Artículo 37 Dietas y kilometraje.
Artículo 38 Trabajos en cámaras de frío.
Artículo 39 Horas nocturnas.
Artículo 40 Reparto de beneficios.
Capítulo X Aspectos sociales.
Artículo 41 Enfermedad o accidente.
Artículo 42 Maternidad y paternidad.
Artículo 43 Reducción de jornada por motivos familiares.
Artículo 44 Reducción voluntaria de la jornada.
Artículo 45 Excedencias.
Artículo 46 Premios por boda y natalidad.
Artículo 47 Ayudas a la conciliación familiar.
Artículo 48 Seguro colectivo e indemnización por fallecimiento.
Artículo 49 Descuento para empleados y empleadas.
Artículo 50 Prendas de trabajo.
Artículo 51 Fundación MAS.
Artículo 52 Igualdad de trato y oportunidades.
Artículo 53 Acoso moral y sexual.
Capítulo XI Seguridad y salud laboral.
Artículo 54 Principios.
Artículo 55 Vigilancia de la seguridad y salud en los centros de trabajo.
Artículo 56 Reconocimientos médicos.
Artículo 57 Seguridad en los centros de trabajo.
Artículo 58 Elección de las y los delegados de prevención por los trabajadores.
Artículo 59 Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, servicios médicos de empresas y servicios de prevención.
Artículo 60 Hospitalización fuera de la residencia habitual.
Artículo 61 Inspección de trabajo.
Artículo 62 Equipos de protección.
Artículo 63 Plan de prevención.
Artículo 64 Formación.
Artículo 65 Nuevas tecnologías y organización del trabajo.
Artículo 66 Trabajos nocturnos.
Artículo 67 Maternidad y evaluación de riesgos.
Artículo 68 Listados de accidentes producidos

Información.

Artículo 69 Comité de seguridad y salud.
Capítulo XII Acción sindical.
  1. REPRESENTACIÓN UNITARIA

Artículo 70 De la información a los y las trabajadoras.
Artículo 71 Garantías sindicales.
Artículo 72 Información de la empresa a las y los representantes de las trabajadoras y trabajadores.
Artículo 73 Permisos sindicales/ Acumulación de horas sindicales.
Artículo 74 Condiciones económicas y profesionales.
Artículo 75 Derechos sindicales de cargos electos.
Artículo 76 Comité Intercentros

Constitución.

Artículo 77 Reuniones del Comité Intercentros.
Artículo 78 Funciones y competencias del Comité Intercentros.
Artículo 79 Delegado/a del Comité Intercentros.
Artículo 80 Representantes de las trabajadoras y trabajadores, gastos por actividades.
Artículo 81 Reglamento de funcionamiento interno del Comité Intercentros.
Artículo 82 Asesores sindicales.
Artículo 83 Trabajadoras/es miembros de la Comisión negociadora del Convenio.
  1. SECCIONES SINDICALES

Artículo 84 Principios.
Artículo 85 Prácticas antisindicales.
Artículo 86 Cuota sindical.
Capítulo XIII Régimen disciplinario.
Artículo 87 Concepto.
Artículo 88 Principios legislativos.
Artículo 89 Criterios generales.
Artículo 90 Graduación de faltas.
Artículo 91 Faltas leves.
Artículo 92 Faltas graves.
Artículo 93 Faltas muy graves.
Artículo 94 Régimen de sanciones.
Artículo 95 Sanciones.
Artículo 96 Prescripción.
Artículo 97 Expediente disciplinario a trabajadores y trabajadoras.
Artículo 98 Expediente disciplinario a los y las representantes de las trabajadoras y trabajadores.
Disposición transitoria única
Disposición final
Anexo 1 Descripción especialidades profesionales Grupo 1.
Anexo 2 Descripción especialidades profesionales Grupo 2.
Anexo 3 Descripción especialidades profesionales Grupo 3.
Anexo 4 Descripción especialidades profesionales Grupo 4.
Anexo 5 Descripción especialidades profesionales Grupo 5.
Anexo 6 al 12. Tablas salariales.
Anexo 13 Reconocimientos médicos.
Anexo 14 Acuerdo de variabilidad salarial, firmado entre las representaciones de los trabajadores y de la empresa en fecha 28.9.2012.
Título Preliminar Artículos 1 a 98

De la Negociación Colectiva

CAPÍTULO I Artículo 1

Partes firmantes

Artículo 1 Partes signatarias.

Son partes firmantes del presente convenio, de una parte la empresa, y de otra parte las organizaciones sindicales ATIDA y UGT, que se reconocen la representatividad para negociar de conformidad con los artículos 87 y 89 ET, y constituyen la mesa de negociación con la legitimación concedida por el artículo 88 ET, para dar a este convenio el carácter de estatutario.

CAPÍTULO II Artículos 2 a 5

Ámbito de aplicación

Artículo 2 Ámbito funcional.

El presente convenio será de aplicación a las siguientes empresas:

Grupo Hnos. Martín, S.A.

Supermercados Martin, S.A.

Sevillana de Supermercados, S.A.

Sevillana de Carnes, S.L.

Distribución y Envasados de Alimentos Hnos. Martin, S.L.

Andaluza de Supermercados Hnos. Martín, S.L.

Suroeste de Supermercados, S.L.

Supermercados el Altozano, S.L.

Mercamabel, S.A.

Instalaciones Jamago, S.L.

Inmobiliaria Vitrubio Margon, S.L.

Mas Sport Gimargon, S.L.

Ecisama, S.L. Sociedad Comanditaria Simple.

Gestisur, S.L. Sociedad Comanditaria Simple.

Sociedad Auxiliar de Servicios Empresariales 2005 AIE.

Vitrubio Promociones Andaluzas, S.L.

Ecisama, S.L.

Gestisur Gonzamar 2004, S.L.

Fundación MAS.

Apartamentos Turísticos Mabor, S.L.

Rialto Renta, S.L.

Dichas Empresas...

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