Convenio colectivo - Instituto de la Calidad, S.A.U., Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2005
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2008
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 314 de 30/12/2004

RESOLUCIÓN de 13 de diciembre de 2004, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación del I Convenio Colectivo de la empresa Instituto de la Calidad, S.A.U.

Visto el texto del I Convenio Colectivo de la empresa Instituto de la Calidad, S.A.U. (Código de Convenio n.º 9015332) que fue suscrito con fecha 28 de octubre de 2004, de una parte por los designados por la Dirección de la Empresa en representación de la misma y de otra por los Delegados de personal en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de losTrabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro ydepósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo, resuelve:

Primero.Ordenar la inscripción del citado Convenio Colectivo en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 13 de diciembre de 2004.El Director general, Esteban Rodríguez Vera.

I CONVENIO COLECTIVO DEL INSTITUTO DE LA CALIDAD, S. A. U.

CAPÍTULO I

Disposiciones generales.

ARTÍCULO 1

º Objeto.

1.1 Partes negociadoras.

El presente convenio colectivo tiene por objeto regular las materias de índole económico, laboral, social y sindical y, en general, cuantas otras afecten a las condiciones de empleo y al ámbito de relaciones de los trabajadores e Instituto de la Calidad, S.A.U., y ha sido concertado, de una parte, por la Dirección de la Empresa, en representación de la misma, y de otra, por los legales representantes de los trabajadores, mutuamente reconocidos como interlocutores válidos.

ARTÍCULO 2

º Firmantes.

La representación social de la empresa está formada por: D.' Laura Verdejo Casares, D.' Rosa Montero Tejada y D.' Gema Calderón Jiménez.

La representación empresarial está formada por: D. José María Castelló Mestanza y D. Manuel Jiménez Ramírez.

ARTÍCULO 3

° Ámbito.

3.1 Territorial y Funcional. Este convenio es de aplicación en todos los centros de trabajo que Instituto de la Calidad, S.A.U. tiene en todo el territorio español, asimismo, será de aplicación en aquellos otros centros de trabajo que Instituto de la Calidad, S.A.U., pueda poner en funcionamiento en el futuro.

3.2 Personal. El presente convenio seaplicará a todos los trabajadores que prestensus servicios en Instituto de la Calidad, S.A.U., salvo los excluidos en el artículo 2 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de Marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatutode los Trabajadores, y el personal de dirección de la empresa.

3.3 Temporal. El presente convenio tendrá una duración de cuatro años, entrando en vigor a todos los efectos el día 1 de enero de 2005 y concluirá el 31 de diciembre de 2008, prorrogándose anualmente por tácita reconducción, en sus propios términos, en tanto no se solicite su revisión y se formule su necesaria denuncia en los términos del artículo 4.

ARTÍCULO 4

° Denuncia y revisión.

4.1 Cualquiera de las partes firmantes del presente convenio podrá solicitar, mediante denuncia notificada fehacientemente por escrito a la otra parte la revisión del mismo, con una antelación máxima de tres meses y mínima de un mes al vencimiento del plazo de vigencia antes señalado o de cualquiera de sus prórrogas.

4.2 La parte que formule la denuncia, y para que ésta se considere válida a los efectos señalados en el párrafo anterior, deberá remitir a la otra parte, en el plazo máximo de un mes a contar desde la fecha de la denuncia, propuesta concreta sobre los puntos y contenido que comprenda la revisión solicitada. Caso de incumplirse este requisito, se tendrá por no hecha la denuncia.

La Mesa negociadora se constituirá en el plazo de quince días hábiles siguientes a la fecha deentrega de las propuestas para la revisión.

4.3 También podrán denunciar el Convenio de común acuerdo y en cualquier momento siempre que todos los miembrosque representan la parte social y los que representan a la empresa así lo decidan por unanimidad.

Las partes, en el plazo máximo de 1 mes, realizarán sus propuestas de revisión y la Mesa Negociadora se constituirá en el plazo de 15 días hábiles siguientes a la entrega de las propuestas para la revisión.

4.4 Si denunciado el convenio, las negociaciones se prorrogasen por un período que excediese la vigencia del mismo, éste se entenderá prorrogado, en todos sus términos, hasta la fecha de entrada en vigor del nuevo Convenio, pactando las partes las fórmulas que estimen oportunas parael período que media entre la fecha de terminación del Convenio anterior y la entrada en vigor del nuevo.

ARTÍCULO 5

° Compensación y absorción.

5.1 Todas las condiciones económicas y de jornada laboral que se establecen en el presente Convenio, sean o no de naturaleza salarial, son compensables, en su conjunto y cómputo anual, con lasmejoras de cualquier tipo que viniera anteriormente satisfaciendo Instituto de la Calidad,

S.A.U., bien sea por imperativo legal, pacto entre partes, contratoindividual, uso o costumbre, concesión voluntaria de la empresa o por cualquiera otras causas.

5.2 Las disposiciones legales futuras que impliquen variación económica en todos o algunos de los conceptos retributivos o que supongan creación de otros nuevos, únicamente tendrán eficacia práctica sí, considerados aquéllos en su totalidad, superan el nivel total del convenio, debiéndose entender en caso contrario absorbidos, hasta donde alcancen y en cómputo anual, por las mejoras pactadas en el mismo.

ARTÍCULO 6

° Normassupletorias.

6.1 En lo no previsto por el articulado del presente Convenio será de aplicación el Estatuto de los Trabajadores y demás disposiciones generales que resulten de aplicación.

6.2 Los pactos contenidos en el presente convenio y con respecto a las materias en él reguladas serán de preferente aplicación sobre cualesquiera otras disposiciones legales de carácter general o sectorial vigentes o futuras, respetando, en todo caso, los mínimos de derecho necesario.

ARTÍCULO 7

° Vinculación a la totalidad.

Las condiciones del presente convenio forman un todo orgánico e indivisible, y a efectos de su aplicación, serán consideradas globalmente, asumiendo las partes su cumplimiento con vinculación a la totalidaddel mismo.

En el supuesto de que la autoridad o jurisdicción laboral, en uso de las facultades que le son propias, no aprobara o resolviera dejar sin efecto alguna de las cláusulas del presente convenio, éste deberá ser revisado y reconsiderarse ensu integridad si alguna de las partes así lo requiera expresamente.

ARTÍCULO 8

° Comisión Paritaria.

8.1 Para resolver las cuestiones que se puedan presentar sobre interpretación y aplicación del presente convenio, se constituye una Comisión Paritaria, integrada por un representante legal de los trabajadores que haya formado parte de la comisión negociadora del convenio y un representante de la dirección de Instituto de la Calidad, S.A.U.

8.2 Además de las funciones de vigilancia e interpretación del convenio, en supuestos de conflicto de carácter colectivo suscitados por aplicación de preceptos del presente convenio, las partes firmantes aceptan someter cuantas discrepancias pudieran generarse a la Comisión Paritaria, a cuyo fin podrásolicitarse su inmediata reunión a efectos de ofrecer su mediación e interpretación de lo acordado, con carácter previo a cualquier otro órgano administrativo o jurisdiccional.

8.3 Las reuniones de la Comisión Paritaria serán convocadas por su Presidente, a propuesta de la mitad de sus miembros, con una antelación mínima de 15 días. En el escrito de convocatoria se harán constar los puntos del orden del día a tratar.

El lugar de la reunión será fijado por Instituto de la Calidad, S.A.U. y lacomparecencia será obligatoria para todos sus miembros.

CAPÍTULO II

Condiciones generales del trabajo

ARTÍCULO 9

° Ingreso y Contratación.

9.1 Es facultad exclusiva de Instituto de la Calidad, S.A.U., la creación de nuevos puestos de trabajo, así como el establecimiento de los requisitos y pruebas que hayan de exigirse al personal aspirante a dichos puestos, teniendo en cuenta las tareas básicas y características del puesto a cubrir.

La Dirección de Instituto de la Calidad, S.A.U., designará libremente todos los puestos de trabajo, sean de nueva creación o por la exigencia de vacantes que hayan de ser cubiertas.

Instituto de la Calidad, S.A.U., podrá realizar cualquier tipo de contrato permitido por la normativa vigente, entre ellos contratos formativos, temporales, para el fomento de la contratación indefinida, etc.

9.2 Contratos formativos:

9.2.1 Contratos en Prácticas: Instituto de la Calidad, S.A.U. podrá establecer contratos en prácticas en las condiciones previstas en la actual regulación laboral o las que puedan irse regulando en el futuro para cualquier puesto de trabajo o categoría profesional de los distintos grupos profesionales, de una duración mínima de 6 meses y máxima de 2 años o la que en cada momento establezca la Ley.

Podrá concertarse por quienes estuvieran en posesión de un título universitario o de un ciclo formativo de grado medio o superior y/o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes, que habiliten para el ejercicio profesional dentro de loscuatro años inmediatamente siguientes a la finalización de los estudios correspondientes o de los requisitos que en cada momento establezca la Ley.

Se establece un período de prueba para los contratos en prácticas de seis meses para el personal titulado medio o superior y de tres meses para los demás trabajadores.

9.2.2 Contratos para la formación: Instituto de la Calidad, S.A.U.

podrá, en virtud de la actual regulación laboral o de las que se puedan regular en el futuro, establecer contratos para la formación con las condiciones que en cada...

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