Revisión salarial - Tejas, Ladrillos y Piezas Especiales de Arcilla Cocida, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2004
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2005
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 68 de 21/03/2005

RESOLUCIÓN de 28 de febrero de 2005, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación del acta de revisión salarial del año 2004, y las tablas salariales revisadas del Convenio colectivo estatal d e tejas, ladrillos y piezas especiales de arcilla cocida.

Visto el texto del acta donde se recogen los acuerdos referentes a la revisión salarial del año 2004 y las tablas salariales revisadas para dicho año del Convenio colectivo estatal de tejas, ladrillos y piezas especiales de arcilla cocida (Código de Convenio n.º 9904935) (BOE 12-8-2003), que fue suscrito con fecha 3 de febrero de 2005 de una parte por la Asociación Empresarial HISPALYT en representación de las empresas del sector y deotra por las Organizaciones Sindicales MCA-UGT y FECOMA-CC.OO, en representación de los trabajadores del mismo y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 demayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo, resuelve:

Primero.Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 28 de febrero de 2005.El Director General, Esteban Rodríguez Vera.

REUNIÓN DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO ESTATALDE TEJAS, LADRILLOS Y PIEZAS ESPECIALES DE ARCILLA COCIDA

HISPALYT: Don Francisco Bas Delgado, don Mario Casarrubios Redondo, don Antonio Pérez Farguel, don Daniel Alonso García, don Juan Amores Blanco, don José Ignacio Imaz y don Atilano Millas Sánchez-Guerrero.

MCA-UGT: Don Pedro Echániz Biota y don Francisco Borrego Romero.

FECOMA-CC.OO.: Don Antonio Garde Piñera, don Antonio Alonso Domínguez y don José Manuel Pérez Martínez.

En Madrid, a las 11,00 horas del día 3 de febrero de 2005, en lasede de HISPALYT sita en Madrid, C/ Orense, 10-2.º, se reúnen los relacionados anteriormente, componentes de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo estatal de tejas y ladrillos de arcilla codida, llegando a los siguientes acuerdos:

  1. Revisión salarial año 2004: Conocido el IPC real del año 2004, se acuerda proceder a la revisión y firma de las tablas definitivas para el año 2004, aplicando un incremento del 1,2 % sobre los salarios revisados del año 2003 y ello en los términos establecidos en los artículos 67 y 68 del Convenio vigente.

  2. Incremento salarial año 2005: Una vez conocido el IPC previsto por el Gobierno para el año 2005, y según lo establecido en el Art. 67 del Convenio estatal de tejas, ladrillos y piezas especiales de arcilla cocida, los incrementos salariales para el año 2005 serán:

    Interprovincial e inferiores: 3%.

    Resto de provincias: 2,85%.

  3. En el supuesto de que las tablas anexas contuviesen algún error material o de cálculo y previa convocatoria dela Comisión Paritaria se procederá a su constatación y subsanación si así procede.

  4. El abono de los atrasos que pudiesen corresponder se efectuarán dentro del mes siguiente a la publicación en el B.O.E de la revisión e incremento antes referidos y ello de acuerdo a lo establecido en el Art. 68 del vigente convenio.

  5. La participación en beneficios (Art. 60), se calculará aplicando un 6 % sobre las tablas...

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