Modificación - Ayuntamiento de Villanueva de la Serena personal laboral, Badajoz

Inicio de Vigencia 6 de Mayo de 2005
Fin de Vigencia 6 de Mayo de 2005
Publicado enDiario Oficial de Extremadura nº 77 de 05/07/2005

RESOLUCIÓN de 20 de junio de 2005, del Consejero de Agricultura y Medio Ambiente, por la que se dispone la ejecución de la sentencia nº 83, del Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo nº 1 de Mérida, en el recurso contencioso-administrativo nº 19/2005.

En el Recurso Contencioso-Administrativo, núm. 19 de 2005, entre el recurrente D. ANTONIO DE LA FUENTE BALLESTERO, representado por el Procurador de los Tribunales Sr. GARCÍA SÁNCHEZ, y la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura defendida y representada por el Letrado de sus Servicios Jurídicos; recurso que versa sobre:

'Resolución de dicha Consejería de fecha 16.6.2004 por la que se deniega la indemnización solicitada por reclamación por responsabilidad patrimonial por los daños ocasionados en el vehículo del actor, al colisionar contra jabalí cuando circulaba por la carretera BA-V-3017, formulada ante la referida Consejería'.

El artículo 9.1 del Decreto 59/1991, de 23 de julio, por el que se regula la tramitación administrativa en la ejecución de resoluciones judiciales, establece que el titular del órgano competente dictará la correspondiente resolución en orden al cumplimiento de la sentencia.

Por tanto, y en uso de las atribuciones conferidas por la legislación vigente, R E S U E L V E :

Proceder a la ejecución del fallo de la Sentencia nº 83, de 13 de abril de 2005, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº l de Mérida dictada en el recurso Contencioso-Administrativo nº 19/2005, llevando a puro y debido efecto el fallo, cuya parte dispositiva dice:

'Que estimando parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por DON ANTONIO DE LA FUENTE BALLESTEROS, representado por el Procurador de los Tribunales Sr.

GARCÍA SÁNCHEZ, contra Resolución de dicha Consejería de fecha 16.6.2004 por la que se deniega la indemnización solicitada por reclamación por responsabilidad patrimonial por los daños ocasionados en el vehículo del actor, al colisionar contra jabalí cuando circulaba por la carretera BA-V-3017, formulada ante la referida Consejería, anulamos la misma por no ser ajustada a Derecho y condenamos a abonar a la parte actora la cantidad de 1.582,89 . Sin hacer especial pronunciamiento respecto a las costas procesales causadas'.

Mérida, a 20 de junio de 2005.

El Consejero de Agricultura y Medio Ambiente,

JOSÉ LUIS QUINTANA ÁLVAREZ

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y TRABAJO

RESOLUCIÓN de 6 de mayo de 2005, de la Dirección General de Trabajo, por la que...

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