Revisión salarial - Establecimientos Financieros de Crédito, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2005
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2005
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 057 de 08/03/2006

Resolución de 20 de febrero de 2006, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación de la revisión salarial del Convenio colectivo marco para los establecimientos financieros de crédito.

Visto el texto de la revisión salarial del Convenio Colectivo Marco para los Establecimientos Financieros de Crédito (código de Convenio n.º 9901945),(BOE 11-1-2006), que fue suscrito con fecha 30 de enero de 2006, de una parte por las Organizaciones Empresariales Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito (ASNEF), Asociación Española de Factoring (AEF) y la Asociación Española de Leasing (AEL) en representación de las empresas del sector, y de otra por las Organizaciones Sindicales Federación de Servicios Financieros y Administrativos de CC.OO. (COMFIA-CC.OO.) y la Federación Estatal de Servicios de UGT (FES-UGT) en representación de los trabajadores del mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo, resuelve:

Primero.-Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 20 de febrero de 2006.-El Director General, Esteban Rodríguez Vera.

CONVENIO COLECTIVO MARCO PARA LOS ESTABLECIMIENTOS FINANCIEROS DE CRÉDITO 2005-2006

Acta de la mesa negociadora del Convenio colectivo

30 de enero de 2006

Por la representación patronal:

Por ASNEF/AEF: D. Ignacio Plá, Vicesecretario General:

Por A.E.L.: D. Juan Antonio Labat, Secretario General:

Asesor Laboral: D. Francisco Sierra, Estudio Jurídico Chamartín.

Por la representación Sindical:

CC.OO.: D. Pablo Charneco y D. José Estrada.

U.G.T.: D. José Luis Mazón y D. Emilio Rodríguez.

En Madrid, el día 30 de enero de dos mil seis, reunidas las partes al margen relacionadas en la representación que ostentan y constituida la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo Marco para los Establecimientos Financieros de Crédito, manifiestan que, no obstante la validez temporal del actual convenio colectivo suscrito, que entró en vigor el 1 de enero de 2005 y terminará su vigencia...

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