Acuerdo - Construcción y Obras Públicas, Navarra
Inicio de Vigencia | 8 de Febrero de 2006 |
Fin de Vigencia | 8 de Febrero de 2006 |
Publicado en | Boletín Oficial de Navarra nº 030 de 10/03/2006 |
RESOLUCION 119/2006, de 9 de febrero, del Director General de Trabajo, del Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo, por la que se acuerda el Registro, Depósito y Publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra del Acuerdo de Subsanación, correspondiente al Convenio Colectivo de Trabajo para el sector "Construcción y Obras Públicas", de Navarra (Expediente número: 4/2005-L).
Visto el texto del Acuerdo de Subsanación correspondiente al Convenio Colectivo del sector "Construcción y Obras Públicas", de Navarra (Expediente número: 4/2005-L).
Hechos
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Con fecha 30-01-2006 ha tenido entrada en este Departamento el Acuerdo de Subsanación, concerniente al Convenio de "Construcción y Obras Públicas" de Navarra, suscrito y aprobado por la Comisión Paritaria en fecha de 27-01-2006, en cumplimiento de lo pactado en el citado Convenio (Expediente inicial número: 4/2005-L), y relativo al artículo 12-2 del mismo.
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En la tramitación de este expediente se han observado las prescripciones legales y reglamentarias de aplicación.
Fundamentos de derecho
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Este Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo es competente para efectuar las funciones de registro, depósito y publicación de los Convenios Colectivos de Trabajo, establecidas en el artículo 90 del R. Dto. Legislativo 1/1995 de 24 de marzo, de acuerdo con el Real-Decreto 937/1986, de 11 de abril, por el que se traspasan los servicios de Trabajo de la Administración del Estado a la Comunidad Foral de Navarra, y de acuerdo con el Decreto Foral 334/1996, de 23 de septiembre, por el que se asignan a este Departamento los servicios de Trabajo transferidos del Estado.
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El artículo segundo del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, ordena la inscripción de los Convenios elaborados conforme a lo establecido en el Título III, del Estatuto de los Trabajadores, en el registro de Convenio Colectivos.
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El depósito de los Convenios Colectivos, una vez registrados, es competencia de este Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo en virtud de los preceptos citados en el Fundamento de Derecho primero.
De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 22.1 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,
RESUELVO:
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Proceder al registro del Acuerdo de Subsanación, de fecha 27-1-2006, de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de "Construcción y Obras Públicas" (Código número...
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