Revisión salarial - Industrias Vinícolas y Alcoholeras, Región de Murcia

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2005
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2006
Publicado enBoletín Oficial de la Región de Murcia nº 063 de 16/03/2006

Visto el expediente de Revisión del Convenio Colectivo de Trabajo de Industrias Vinícolas y Alcoholeras (Código de Convenio número 3001415) de ámbito Sector, suscrito con fecha 9-02-2006 por la Comisión Negociadora del mismo, y de conformidad con lo establecido en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 1/ 1995, de 24 de marzo, Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (BOE n.º 75, de 28.03.1995) y en el Real Decreto 1040/ 1981, de 22 de mayo, Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo (BOE n.º 135, de 06.06.1981).

Resuelvo:

Primero.

Ordenarla inscripción de la citada Revisión de Convenio Colectivo de Trabajo en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponersu publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia».

Murcia a 27 de febrero de 2006.? El Director General de Trabajo, por delegación de firma.

El Subdirector General de Trabajo (Resolución de 20.09.1999), Pedro Juan González Serna.

Acta de acuerdo y firma de la subida salarial para el año 2006 del Convenio Colectivo de Trabajo para» Industrias Vinícolas y Alcoholeras de la Comunidad Autónoma de Murcia» En la ciudad de Jumilla, siendo las 17 horas del día 9 de febrero de 2006, previa citación al efecto, Se reúnen, en los locales de la Asociación de Empresarios de Vinos de Jumilla (ASEVIN).

Por la representación de los trabajadores y sindicatos:

ngel Torregrosa Carreño:

CC. OO. Diego Cutillas Abellán:

CC. OO. Francisco Javier Martínez Sánchez:

  1. G. T Florencia Santos Tomas:

  2. G. T Bernardo Simón Martínez:

  3. G. T Manuel Gil Polo:

  4. S. O. Antonio Ibáñez Soriano:

  5. S. O. Por la representación empresarial (ASEVIN):

    ngel Gil Vera María del Mar Martínez Macián Hermógenes Fernández Navarro Juan Antonio Ruiz Jiménez Ambas partes negociadoras se reconocen como...

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