Convenio colectivo - Ayuntamiento de Cieza, Región de Murcia

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2017
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2018
Publicado enBoletín Oficial de la Región de Murcia de 07/02/2018
  1. Comunidad Autónoma

  1. Otras disposiciones

Consejería de Empleo, Universidades y Empresa

758 Resolución de la Dirección General de Relaciones Laborales y Economía Social, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación del acuerdo mixto de funcionarios públicos y personal laboral denominado, acuerdo de condiciones de trabajo de los empleados públicos del Ayuntamiento de Cieza (2017-2018).

Visto el expediente de Convenio Colectivo de Trabajo y de Acuerdo de Funcionarios, de conformidad con lo establecido en el artículo 90, apartados 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, artículo 38 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la ley del Estatuto Básico Empleado Público y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Resuelvo:

Primero.- Ordenar la inscripción en el correspondiente registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, de acuerdo mixto; número de expediente 30/14/0132/2017; referencia 30/14/0132/2017; denominado acuerdo de condiciones de trabajo de los empleados públicos de la ayuntamiento de Cieza (2017-2018); con código de convenio 30100012142013; de ámbito local; suscrito con fecha 23/10/2017 por la Comisión Negociadora.

Segundo.- Notificar la presente resolución a la Comisión Negociadora del acuerdo.

Tercero.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Murcia, 22 de enero de 2018.

Acuerdo de condiciones de trabajo de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Cieza (2017-2018)

PREÁMBULO

El presente Acuerdo de Condiciones de Trabajo entre el Ayuntamiento de Cieza y su Personal viene a impulsar tanto el proceso de negociación de las condiciones de trabajo de los trabajadores y trabajadoras de este Ayuntamiento, como también promover un proceso de modernización de la Administración Local, reforzando el papel de la política de los Recursos Humanos integradora, en la que se combinen las estrategias de mejora de los servicios públicos a través de la mejora del rendimiento y productividad de su personal junto a las oportunidades de progreso de la carrera profesional dentro de la administración local.

En la actualidad aún es más necesario conseguir el reto de compatibilizar el mantenimiento de las prestaciones sociales y retributivas con los graves problemas financieros que están afectando al conjunto de las Administraciones Públicas. Será necesario entre las medidas a adoptar para conseguir una Administración ágil y modernizada la aprobación, previa negociación con las Organizaciones Sindicales, de una nueva estructura organizativa y relación de puestos de trabajo que optimice con una mayor eficacia y racionalidad los recursos humanos de los que se dispone, permitiendo una mayor igualdad entre los empleados públicos.

En este contexto de cambio y transformación de la Administración Local para alcanzar unos servicios de calidad es imprescindible la formación continúa de los empleados públicos, por lo que en el presente Acuerdo de Condiciones de Trabajo se recoge la necesaria e imperiosa necesidad de la formación, porque no solo se debe demostrar un perfil alto de conocimiento cuando se accede a la Administración a través de los correspondientes procesos selectivos, sino que es necesario mantener y actualizar dichos conocimientos durante toda una trayectoria profesional.

El presente Acuerdo Marco, de conformidad con el Estatuto Básico del Empleado Público, realza los principios de legalidad, cobertura presupuestaria, obligatoriedad de la negociación, buena fe, publicidad y transparencia que han de presidir la negociación.

Los Objetivos del presente Acuerdo Marco son:

  1. Mejorar las condiciones de trabajo del personal de este Ayuntamiento para ofrecer al ciudadano un mejor servicio basado en la calidad y la eficiencia de la administración.

  2. Contribuir a la modernización de los servicios públicos del Ayuntamiento de Cieza teniendo como objetivo el acercamiento de los poderes públicos a los ciudadanos a través de una Administración más ágil, eficaz y de menores costes.

  3. Perseguir un mayor grado de profesionalización de los empleados públicos, haciendo de la formación y del conocimiento una pieza clave del nuevo modelo de carrera administrativa.

  4. Conseguir la estabilidad en el empleo del personal laboral contratado a través de la consolidación del empleo y su posterior funcionarización.

Para cumplir estos objetivos la Administración y Sindicatos alcanzan el presente acuerdo que debe ser instrumento que garantice un adecuado horizonte profesional a los empleados públicos, impulse una mejora en la eficacia y calidad de la Administración en todos los órdenes y contribuya a la modernización del Ayuntamiento de Cieza.

Índice

Capítulo I DISPOSICIONES GENERALES. ÁMBITO DE APLICACIÓN. Artículos 1 a 4
Artículo 1 Ámbito funcional.
Artículo 2 Ámbito personal.
Artículo 3 Ámbito temporal.
Artículo 4 Unidad normativa.
Capítulo II.- ÓRGANOS DE REPRESENTACIÓN, NEGOCIACIÓN E INTERPRETACIÓN. Artículos 5 y 6
Artículo 5 Órganos de representación y negociación.
Artículo 6 Comisión de seguimiento e interpretacion de lo pactado.
Capítulo III.- DENUNCIA Y PRÓRROGA. Artículos 7 y 8
Artículo 7 Denuncia del acuerdo.
Artículo 8 Prórroga del acuerdo.
Capítulo IV.- CLASIFICACIÓN PROFESIONAL, DESEMPEÑO PROVISIONAL O TEMPORAL DE PUESTOS DE TRABAJO. Artículos 9 a 12
Artículo 9 Clasificacion profesional.
Artículo 10 Adscripción provisional.
Artículo 11 Sustituciones temporales.
Artículo 12 Segunda actividad (SA).
Capítulo V.- JORNADA, HORARIO Y CALENDARIO LABORAL. Artículos 13 a 16
Artículo 13 Jornada anual.
Artículo 14 Jornada y Horario laboral.
Artículo 15 Reducción de jornada.
Artículo 16 Justificación de ausencias.
Capítulo VI.- VACACIONES, LICENCIAS Y PERMISOS. Artículos 17 y 18
Artículo 17 Vacaciones.
Artículo 18 Licencias y permisos.
Capítulo VII.- FORMACIÓN. Artículo 19
Artículo 19 Formación.
Capítulo VIII.- RETRIBUCIONES. Artículos 20 a 24
Artículo 20 Conceptos retributivos.
Artículo 21 Nocturnidad y festividad.
Artículo 22 Servicios extraordinarios.
Artículo 23 Anticipos reintegrables.
Artículo 24 Dietas y locomoción.
CAPÍTULO IX.- CONDICIONES SOCIALES Y OTRAS SITUACIONES. Artículos 25 a 32
Artículo 25 Incapacidad Temporal.
Artículo 26 Seguros.
Artículo 27 Ayudas por natalidad.
Artículo 28 Ayudas por discapacidad de miembros de la unidad familiar.
Artículo 29 Ayudas médico-farmaceúticas.
Artículo 30 Ayudas por estudios.
Artículo 31 Ayudas por jubilación.
Artículo 32 Devengo de ayudas.
CAPÍTULO X.- PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. Artículos 33 y 34
Artículo 33 Salud laboral, higiene y seguridad.
Artículo 34 Prendas de trabajo.
CAPÍTULO XI.- RÉGIMEN DISCIPLINARIO. Artículos 35 a 43
Artículo 35 Régimen disciplinario del personal funcionario.
Artículo 36 Régimen disciplinario del personal laboral.
Artículo 37 Faltas muy graves.
Artículo 38 Faltas graves.
Artículo 39 Faltas leves.
Artículo 40 Tipos de sanciones.
Artículo 41 Régimen de las sanciones.
Artículo 42 Sanción de faltas leves.
Artículo 43 Procedimiento para la imposición de sanciones.
CAPÍTULO XII.- DERECHOS SINDICALES. Artículos 44 a 47
Artículo 44 Derecho de reunión.
Artículo 45 De la Junta de Personal.
Artículo 46 De las Secciones Sindicales.
Artículo 47 Otros derechos.
Disposiciones Adicionales
Disposición adicional primera
Disposición adicional segunda
Disposición adicional tercera
Disposición transitoria única
Disposición derogatoria
Disposición final Artículos 1 a 13

ANEXO DE CONDICIONES ESPECIALES DE LA POLICÍA LOCAL

Artículo 1 Jornada, horario y régimen de prestación del servicio.
Artículo 2 Composición de los turnos de servicio.
Artículo 3 Retribuciones.
Artículo 4 Régimen de especial disponibilidad.
Artículo 5 Permisos especiales.
Artículo 6 Sustituciones y suplencias.
Artículo 7 Uniformidad.
Artículo 8 Medios materiales y técnicos.
Artículo 9 Preparación.
Artículo 10 Día de la Policía Local.
Artículo 11 Garantías sindicales.
Artículo 12 Formación del personal de policía.
Artículo 13 Segunda actividad.
Disposición transitoria única
Disposición adicional única
Capítulo I Disposiciones Generales. Ámbito de aplicación....

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR