Convenio colectivo - Ayuntamiento de Peralta, Navarra

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2006
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2007
Publicado enBoletín Oficial de Navarra nº 117 de 29/09/2006

RESOLUCION 663/2006, de 30 de agosto, del Director General de Trabajo, del Departamento de Industria y Tecnología, Comercio, y Trabajo, por la que se acuerda el Registro, Depósito y Publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra del texto del Acuerdo Colectivo de Trabajo de la entidad "Ayuntamiento de Peralta" (Expediente número: 3/2006-F).

Visto el texto del Acuerdo Colectivo para la entidad "Ayuntamiento de Peralta", suscrito por la Comisión Negociadora (Expediente número: 3/2006-F).

Hechos:

  1. Con fecha 10 de agosto de 2006 ha tenido entrada en este Departamento la documentación suscrita el 3 de agosto de 2006 por la representación de la entidad municipal y del personal funcionario, que ha sido remitida al objeto del registro y publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra del Acuerdo Colectivo, suscrito entre las citadas representaciones empresarial y social, y en el que se fijan las condiciones de empleo para el personal funcionario de la Policía Local del citado Ayuntamiento, en el período 2006 y 2007.

  2. En la tramitación de este expediente se han observado las prescripciones legales y reglamentarias de aplicación.

    Fundamentos de derecho:

  3. Este Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo es competente para efectuar las funciones de registro, depósito y publicación, tanto de los Convenios Colectivos de Trabajo regulados en el Título III del vigente E.T., como los Acuerdos Colectivos a que se refiere el artículo 84 del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 agosto; y ello de conformidad con el Real Decreto 937/1986, de 11 abril, por el que se traspasan los servicios de trabajo de la Administración del Estado a la Comunidad Foral de Navarra, y de acuerdo con el Decreto Foral 334/1996, de 23 septiembre, por el que se asignan a este Departamento dichos servicios de trabajo transferidos.

  4. El Acuerdo reseñado reúne en parte las características de los Acuerdos Colectivos regulados en el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 agosto, del Estatuto de Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra; por lo que procede la publicación del mismo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, conforme a lo dispuesto en el artículo 84.3 del citado Decreto Foral Legislativo 251/1993, en la redacción dada por la Ley Foral 27/1994, de 29 de diciembre.

  5. El depósito de los Convenios y Acuerdos Colectivos, una vez registrados, es competencia de este Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo en virtud de los preceptos citados en el Fundamento de Derecho primero.

    De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 22.1 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

    RESUELVO:

  6. Proceder al registro del reseñado Acuerdo Colectivo de la entidad "Ayuntamiento de Peralta", en el libro especial habilitado al efecto que obra en el Negociado de Registro, Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo en cuya unidad administrativa queda en depósito su texto y documentación.

  7. Trasladar esta Resolución al Registro de Convenios, a los efectos oportunos.

  8. Notificar esta Resolución a la Comisión Negociadora, advirtiendo que contra la misma, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación.

  9. Publicar esta Resolución en el BOLETIN OFICIAL de Navarra para su general conocimiento.

    Pamplona, 30 de agosto de 2006._El Director General de Trabajo, José María Roig Aldasoro.

    ACUERDO ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE PERALTA Y EL CUERPO DE POLICIA LOCAL

    Reunidos:

    Por una parte el Ayuntamiento de Peralta representado en por la señora Alcaldesa, autorizada por acuerdo de pleno de 27 de julio de 2006.

    Por otra, don Luis Fernando Pérez Pérez y doña Beatriz Casarejos Osés ambos representantes de personal de los funcionarios municipales de Peralta. Don Pedro Razquin Laso y don Jaime Ayestarán Uriz como representantes de UGT, sindicato mayoritario de este Ayuntamiento.

    Al objeto de suscribir el siguiente acuerdo entre el Ayuntamiento de Peralta y los representantes de personal al objeto de acordar las condiciones de trabajo de la Policía Local de Peralta.

Preambulo:

El actual Ayuntamiento de Peralta (2003, 2007), y concretamente los grupos municipales, Unión del Pueblo Navarro y Partido Socialista de Navarra (Partido Socialista Obrero Español), al objeto de dar cumplimiento a sus programas electorales, en lo relativo a Seguridad Ciudadana y sus derivados, encomendaron al Presidente de la Comisión de Protección Ciudadana, Jose Manuel Paredes González, ordenar el en aquéllas fechas Cuerpo de Alguaciles, a fin de que los vecinos y vecinas de Peralta contaran con un Cuerpo de Policía Local, que les prestase entre otras cosas una Seguridad Pública de calidad.

El Presidente de la Comisión de Protección Ciudadana convino con los Alguaciles y, en concreto con los delegados sindicales adscritos a la Unión General de Trabajadores (Luis Fernando Pérez Pérez, Jesús María Angos Jaso y Beatriz Casarejos Osés), convertir el cuerpo de Alguaciles en Cuerpo de Policía Local, dotarlos de los recursos humanos y materiales...

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