Modificación - Personal Laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias, Canarias

Inicio de Vigencia21 de Diciembre de 2006
Fin de Vigencia21 de Diciembre de 2006
Publicado enBoletín Oficial de Canarias nº 2007/009 de 12/01/2007

Visto el Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias, para la modificación del artículo 11 del vigente convenio colectivo, así como de la Disposición Transitoria Primera , y de conformidad con lo dispuesto en el artº. 90 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y los Reales Decretos 661/1984, de 25 de enero, y 1.033/1984, de 1 de abril, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de mediación, arbitraje y conciliación; el Real Decreto 1.040/1981, de 22 de mayo, sobre depósito y registro de Convenios Colectivos, y el Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales, modificado por el Decreto 39/2005, de 16 de marzo (B.O.C. nº 63, de 31.3.05) , esta Dirección General de Trabajo

ACUERDA:

Primero.- Ordenar la inscripción en el Registro de Convenios Colectivos con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.- Disponer el depósito del texto original.

Tercero.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra el presente acto que no agota la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante la Sra. Consejera de Empleo y Asuntos Sociales, en el plazo de un mes desde la notificación o publicación de la presente Resolución, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.

Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de diciembre de 2006.- El Director General de Trabajo, Pedro Tomás Pino Pérez.

ACUERDO DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DEL PERSONAL LABORAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS, PARA LA MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 11 DEL VIGENTE CONVENIO COLECTIVO, ASÍ COMO DE SU DIS DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA.

En Las Palmas de Gran Canaria, el día diecisiete de noviembre de 2006, se reunieron los miembros de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias, al objeto de negociar y alcanzar un acuerdo de modificación parcial del vigente Convenio Colectivo, acordándose lo siguiente:

Primero.- Se modifica el artículo 11 del vigente Convenio Colectivo, en el sentido de añadir al primer párrafo de dicho artículo el inciso siguiente: "Para participar en este turno será necesario ostentar una antigüedad de al menos dos años como personal laboral fijo en la categoría profesional desde la que se opta".

Segundo.- Se modifica en...

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