Prórroga - Compañía de Distribución Integral Logista SA, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2015
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2015
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 59 de 10/03/2015

Visto el texto de los acuerdos de prórroga y modificación del Convenio colectivo de la empresa Compañía de Distribución Integral Logista, S.A.U. (código de convenio n.º: 90014192012002), publicado en el «BOE» de 20-12-2013, acuerdos que fueron suscritos, con fecha 27 de enero de 2015, de una parte, por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma, y de otra, por las secciones sindicales de UGT, CC.OO. y CTI-CSIF, en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de los citados acuerdos de prórroga y modificación en el correspondiente Registro de Convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 2 de marzo de 2015.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACUERDO DE PRÓRROGA Y MODIFICACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO 2013-2014 HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2015

Ambas partes acuerdan formalizar la prórroga y modificación del Convenio colectivo de Logista SAU 2013-2014, así como de los anexos al mismo, hasta el 31 de diciembre de 2015, modificando únicamente los artículos 2 y 5 que regulan, respectivamente, la vigencia y las modalidades de contratación, 10, 11, 12, 13, 15 y 43 sobre normativa de ingresos y promoción, 28 sobre los aspectos económicos y el 91 sobre cláusula de garantía, en los términos que a continuación se concretan. Los artículos modificados quedan de la siguiente manera:

Artículo 2 Vigencia.

El presente Convenio colectivo entrará en vigor el día siguiente al de la fecha de su firma y tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2015.

El presente Convenio colectivo podrá ser denunciado por cualquiera de las partes en el periodo de los tres meses anteriores a la finalización de su vigencia, entre el 01/10/2015 y el 31/12/2015 ambos incluidos.

Dicha denuncia se realizará por escrito fehaciente a todas las partes legitimadas para la negociación del nuevo Convenio colectivo, cuya negociación comenzará en un plazo máximo de un mes tras la denuncia y se extenderá como máximo a un plazo de catorce meses a partir del 31 de diciembre de 2015, periodo durante el cual se mantendrá la ultraactividad del Convenio colectivo, todo ello según el artículo 86.3 del Estatuto de los Trabajadores. Tras ese periodo finalizará a todos los efectos la ultraactividad.

Artículo 5 Modalidades de Contratación.
  1. Contratos formativos.

Contratos en prácticas.

Cuando la conveniencia de los servicios así lo requiera, la empresa podrá admitir personal por esta modalidad, de acuerdo con la normativa vigente en cada momento. La duración del contrato en prácticas será la prevista en la legislación general vigente. Por lo tanto, actualmente, no podrá ser inferior a seis meses ni exceder de dos años.

La empresa informará a los trabajadores sobre las oportunidades de trabajo que pretenda ofertar al mercado de trabajo con esta modalidad de contrato formativo, de tal manera que los empleados de Logista, S.A. puedan concurrir a la selección de candidatos en las mismas condiciones que las ofertadas al mercado, si reúnen los requisitos de titulación y perfil solicitados.

Habiéndose detectado un descenso de los contratos en prácticas en la empresa durante 2014 del 40 % sobre 2013 y del 47 % sobre 2012, en un entorno socio económico de crisis que perjudica de manera especial la contratación de los candidatos con menos experiencia laboral, como medida de fomento del empleo de tales candidatos, que van a requerir una mayor supervisión, formación y seguimiento por parte de la empresa, se establecen las siguientes tablas salariales para todos los contratos en prácticas:

Contratos en prácticas Euros/mes Euros/año
Titulado Superior. 1.er año 75 % salario Gr. Técnico. Nivel I. 1.263,87 18.958,04
2.º año 85 % salario Gr. Técnico. Nivel I. 1.432,39 21.485,78
Titulado Medio, Tit. de grado Universitario, Ing. Técnico. 1.er año 70 % salario Gr. Técnico. Nivel I. 1.179,61 17.694,17
2.º año 80 % salario Gr. Técnico. Nivel I. 1.348,13 20.221,91
Euros/mes Euros/mes Euros/año Euros/año
ALL TI AII TI
Titulado ciclo formativo sup. de FP. 1.er año 65 % salario Gr. Admón. Nivel II/Técn. I. 1.024,68 1.095,35 15.370,27 16.430,30
2.º año 75 % salario Gr. Admón. Nivel II/Técn. I. 1.182,33 1.263,87 17.734,93 18.958,04
Euros/mes Euros/mes Euros/año Euros/año
ALL TI AII TI
Titulado ciclo formativo grado medio FP. 1.er año 60 % salario Gr. Admón. Nivel II/Técn. I. 945,86 1.011,10 14.187,95 15.166,43
2.º año 75 % salario Gr. Admón. Nivel II/Técn. I. 1.182,33 1.263,87 17.734,93 18.958,04

Contratos para la formación.

La Empresa podrá hacer uso de esta modalidad de contratación, en los términos establecidos legalmente, cuando precise trabajadores sin la titulación requerida para los contratos en prácticas, y con objeto de que, mediante la prestación de sus servicios, adquieran los conocimientos prácticos y teóricos necesarios para el desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo de carácter operativo que requiera un determinado nivel de cualificación o la titulación de graduado en E.S.O.

La retribución a percibir por estos trabajadores será de 10.420,62 euros, por todos los conceptos.

Respecto a los demás requisitos del contrato y condiciones de trabajo y formación se estará a lo dispuesto en la legislación general vigente sobre esta materia en cada momento.

Artículo 10 Ámbito de la normativa.

La presente normativa se aplicará en todos los procesos de cobertura de vacantes en Logista...

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