Revisión salarial - Metalcolor SA, La Rioja
Inicio de Vigencia | 1 de Enero de 2006 |
Fin de Vigencia | 31 de Diciembre de 2006 |
Publicado en | Boletín Oficial de la Rioja nº 041 de 29/03/2007 |
Visto el Acuerdo sobre la revisión salarial IPC-2006 correspondiente al Convenio Colectivo de Trabajo de aplicación a la empresa Metalcolor, S.A. de CaLahorra (La Rioja) para los años 2005 y 2006 (Código núm. 2600262), prevista en el citado convenio y suscrito al efecto por la Comisión Paritaria del mismo con fecha 5 de febrero de 2007, y de conformidad con lo dispuesto en el Art. 90.2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/95, de 24 de marzo (B.O.E. del 29), por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y Art. 2 del Real Decreto 1040/81, de 22 de mayo (BOE del 6 de junio) sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de Trabajo.
Esta Dirección General de Empleo y Relaciones Laborales Acuerda:
Primero.- Ordenar su inscripción en el correspondiente Registro de Convenios Colectivos de Trabajo de esta Dependencia, con notificación a la citada Comisión.
Segundo.- Ordenar el depósito del texto original del acuerdo en el Servicio de Relaciones Laborales y Economía Social de esta Dirección General.
Tercero.- Disponer su publicación en el "Boletín Oficial de La Rioja".
En Logroño a 19 de marzo de 2007.- La Directora General de Empleo y Relaciones Laborales, Mª Concepción Arruga Segura.
En la ciudad de Calahorra, siendo las 17 horas del día 5 de febrero de 2007, se reúnen en los locales de la Empresa Metalcolor, S.A los miembros del Comité de Empresa
José María Gurrea Gra Valos
Jesús Ángel Lorente Rodríguez
Jesús Herreros Beltrán
Jorge Aragón Achutegui
Y por parte de la Empresa el Director Gerente D. Ángel Azcona Lasaga el motivo de la reunión es establecer la revisión económica pactada en el articulo 21° del Convenio Colectivo de Metalcolor, S.A., en relación con la desviación experimentada por I.P:C. Durante el 2006.
De conformidad con lo anterior, las partes citadas adoptan por unanimidad el siguiente acuerdo:
Primero. -Incremento salarial año 2006. - Una vez constatado que el Indice de Precios al Consumo (IPC) establecido por I. N. E. para el conjunto nacional, ha registrado al 31 de diciembre de 2006, un incremento del 2.70 %. Respecto al 31 de diciembre de 2005, se procede a revisar los salarios vigentes al 31 de diciembre de 2005 en un 3,55%, correspondiente a un 2,85% pactado a cuenta para 2006 más la diferencia entre el 2,70 % de incremento...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba