Revisión salarial - Kraft Foods España, SA. (centro de trabajo de Mahón (Menorca))., Principado de Asturias

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2006
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2006
Publicado enBoletín Oficial de las Islas Baleares nº 066 de 03/05/2007

Resolución de la Directora General de Trabajo de fecha 30-032007, por la que se hace público el Convenio Colectivo de la Empresa KRAFT FOODS ESPAÑA, SLU (Centro de Mahón).

Referencia: DGT/JP/mpu Ordenación Laboral-Convenios Colectivos Expediente: CC TA 16/140 (Libro. 3) Código del convenio: 07/01012

Visto el texto citado en el asunto, de acuerdo con el art. 90.3 del Estatuto de los Trabajadores, el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo y el art. 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero (BOE del 14.1.99);

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.- Ordenar la inscripción del citado Convenio en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.- Disponer su publicación en el BOIB.

La Directora General de Trabajo Margalida G. Pizà Ginard Palma, 30 de Marzo de 2007

Convenio colectivo del centro de trabajo de Mahon Menorca de la empresa Kraft Foods España, S.L.U.

Año 2006-2007

Indice disposiciones generales

Artículo 1 Ámbito de aplicación territorial.
Artículo 2 Ámbito de aplicación personal.
Artículo 3 Vigencia.
Artículo 4 Denuncia y prórroga.
Artículo 5 Comisión negociadora.
Artículo 6 Vinculación a la totalidad.
Artículo 7 Garantías ad personam.
Artículo 8 Absorción.
Artículo 9 Compensación.
Artículo 10 Comisión paritaria de interpretación y resolución de conflictos.
capítulo II retribuciones Artículos 11 a 24
Artículo 11 Aplicación.
Artículo 12 Retribución.
Artículo 13 Incremento Salarial.
Artículo 14 Antigüedad.
Artículo 15 Plus de domingos y festivos.
Artículo 16 Quebranto de moneda.
Artículo 17 Horas extraordinarias

Carácter y Naturaleza.

Artículo 18 Compensación horas extraordinarias estructurales.
Artículo 19 Plus de nocturnidad.
Artículo 20 Gratificaciones extraordinarias.
Artículo 21 Dietas.
Artículo 22 Dietas con motivo de la negociación colectiva del convenio del centro de trabajo.
Artículo 23 Plus de Jornada irregular.
Artículo 24 Ayuda de bocadillo y café.
capítulo III organización y jornada de trabajo. Artículos 25 a 35
Artículo 25 Organización del trabajo.
Artículo 26 Jornada.
Artículo 26 bis Reducción de Jornada.
Artículo 27 Jornada irregular.
Artículo 28 Sistemas de Compensación económica

Descanso y recuperación en los supuestos de jornada irregular.

Artículo 29 Jornadas extraordinarias.
Artículo 30 Vacaciones.
Artículo 31 Movilidad funcional.
Artículo 32 Ascensos.
Artículo 33 Ingresos.
Artículo 34 Período de prueba.
Artículo 35 Ceses.
capítulo IV movilidad geográfia y modificación sustancial de condiciones de trabajo. Artículos 36 a 42
Artículo 36 Movilidad Geográfica.
Artículo 37 Movilidad Geográfica Colectiva.
Artículo 38 Movilidad Geográfica Individual.
Artículo 39 Movilidad Geográfica Temporal.
Artículo 40 Modificación sustancial de condiciones trabajo.
Artículo 41 Modificación sustancial de condiciones individuales.
Artículo 42 Modificación sustancial de carácter colectivo.
capítulo V excedencias Artículos 43 a 45
Artículo 43 Tipos de excedencia.
Artículo 44 Excedencia forzosa.
Artículo 45 Excedencia por cuidado de hijo o familiar.
capítulo VI beneficios sociales Artículos 46 a 52
Artículo 46 Complemento de Incapacidad Temporal.
Artículo 47 Permisos retribuidos.
Artículo 47 bis Reducción de jornada por guarda legal o cuidado de familiares.
Artículo 48 Licencias sin retribución.
Artículo 49 Seguro de Vida.
Artículo 50 Ropa de trabajo.
Artículo 51 Complementos asistenciales y sociales.
Artículo 52 Ayuda por hijos disminuidos físicos o psíquicos.
capítulo VII jubilación Artículos 53 y 54
Artículo 53 Jubilación Forzosa y Voluntaria.
Artículo 54 Premio de Jubilación.
capítulo VIII seguridad y salud laboral en el trabajo Artículos 55 a 57
Artículo 55 Reconocimientos médicos.
Artículo 56 Maternidad.
Artículo 57 Seguridad y Salud Laboral.
capitulo IX representación de los trabajadores Artículos 58 a 60.bis
Artículo 58 Cuota Sindical.
Artículo 59 Derechos sindicales.
Artículo 60 Garantías.
Artículo 60 bis Acumulación de horas sindicales.
capítulo X faltas y sanciones Artículos 61 a 62.bis
Artículo 61 Faltas y su clasificación.
Artículo 62 Sanciones.
Artículo 62 bis Prescripción.
capítulo XI clasificación profesional Artículos 63 y 64
Artículo 63 Clasificación Profesional.
Artículo 64 Trabajos de Grupo Profesional Superior.
capítulo XII contratos a tiempo parcial. regulación.

régimen de trabajo. compensación económica.

Artículo.- 65. Regulación. Régimen de trabajo. Compensación Regulación económica.

anexos anexo I: tablas 2006 (empleados con cualificación y experiencia) anexo II: tablas 2006 (empleados sin cualificación y experiencia con con

trato de duración determinada) anexo III: tablas 2006 (empleados con cualificación y experiencia con contratos a tiempo parcial de carácter indefinido) anexo IV: tablas 2007 (empleados con cualificación y experiencia) anexo V: tablas 2007 (empleados sin cualificación y experiencia con contrato de duración determinada) anexo VI: tablas 2007 (empleados con cualificación y experiencia con contratos a tiempo parcial de carácter indefinido) anexo VII: peso específico de factores anexo VIII: contratación de duración determinada y empresas de trabajo temporal anexo IX: contratos de formación y prácticas anexo X: descripciones de puestos de trabajo anexo XI: comisión de absentismo anexo XII: cláusula de revisión anexo XIII: convivencia de hecho disposiciones adicionales disposición adicional primera disposición adicional segunda disposición adicional tercera capítulo I disposiciones generales Artículo 1. Ámbito de aplicación territorial.

El presente Convenio regulará las relaciones laborales en el centro de trabajo que la empresa Kraft Foods España, S.L.U. tiene establecido en Mahón,

Menorca. C/ Capifort, 13 POIMA 07714 Mahón.

Artículo 2 Ámbito de aplicación personal.

El Convenio afectará a todos los trabajadores de la plantilla del centro de trabajo anteriormente citado, con la única excepción de los empleados...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR