Incrementos salariales - Empresas de Enseñanza Privada Sostenidas Total o Parcialmente con Fondos Públicos, Normativa Estatal
Inicio de Vigencia | 1 de Enero de 2006 |
Fin de Vigencia | 31 de Diciembre de 2008 |
Publicado en | Boletín Oficial del Estado nº 165 de 11/07/2007 |
Visto el texto del Acuerdo sobre complementos retributivos correspondiente a la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias remitido por la Comisión Paritaria del V Convenio Colectivo de Empresas de Enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos dando cumplimiento a lo dispuesto en la disposición adicional octava de dicho Convenio (publicado en el BOE de 17-1-2007) (Código de Convenio n.º 9908725), que fue suscrito con fecha 13 de abril de 2007, de una parte por las asociaciones empresariales EyG y CECE, en representación de las empresas del sector, y de otra, por los sindicatos USO, FSIE, CC.OO., OTECAS y FETE-UGT, en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.-Ordenar la inscripción del citado Acuerdo en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.
Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 20 de junio de 2007.-El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.
ACUERDO
En Oviedo, siendo las 12.30 horas del día 13 de abril de 2007, reunidos en la Consejería de Educación y Ciencia, los representantes de las organizaciones patronales y sindicales con representación en el sector de la enseñanza privada concertada del Principado de Asturias, que se citan al margen,
MANIFIESTAN
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Que el pasado 12 de abril de 2007, la Administración autonómica y las organizaciones patronales y sindicales con representación en el sector de la enseñanza privada concertada del Principado de Asturias, firmaron un preacuerdo sobre mejoras retributivas del personal docente en pago delegado.
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Que la disposición adicional octava del V Convenio Colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos, prevé la posibilidad de que las organizaciones patronales y sindicales acuerden por mayoría de su respectiva representatividad, la incorporación a dicho convenio de complementos salariales para el personal afectado por el convenio, debiendo contar con el acuerdo previo o conformidad de la Administración Educativa competente.
De conformidad con lo anterior,
ACUERDAN
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