Convenio colectivo - Masas y Patatas Fritas, Comunidad de Madrid

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2007
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2009
Publicado enBoletín Oficial de la Comunidad de Madrid nº 14 de 17/01/2008

Examinado el texto del Convenio Colectivo del Sector de Masas y Patatas Fritas, suscrito por APECYP, UGT y CC OO, el día 11 de junio de 2007, completada la documentación exigida en el artículo 6 del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de dicho Real Decreto, en el artículo 90.2 y 3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el artículo 7.1.a) del Decreto 127/2004, de 29 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Empleo y Mujer, esta Dirección General,

RESUELVE

  1. o  Inscribir dicho convenio en el Registro Especial de Convenios Colectivos de esta Dirección, y proceder al correspondiente depósito en este Organismo.

  2. o  Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 26 de octubre de 2007.—El Director General de Trabajo, Javier Vallejo Santamaría.

CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE MASAS
Y PATATAS FRITAS DE APLICACIÓN
EN LA COMUNIDAD DE MADRID

Entre APECYP, por la parte empresarial, y UGT y CC OO, por la parte social.

Artículo 1   Ámbito de aplicación.—El presente convenio regulará a partir de su entrada en vigor, las relaciones laborales de las empresas dedicadas a la actividad de “Masas y Patatas Fritas”, con centros de trabajo establecidos en la Comunidad de Madrid y que vengan rigiéndose por la derogada Ordenanza Laboral de Industrias de la Alimentación.
Art. 2   Vigencia, duración y revisión.—El presente convenio tendrá una duración de tres años, del 1 de enero de 2007 al 31 de diciembre de 2009:

— Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2007, se acuerda incrementar las tablas salariales en el IPC real previsto por el Gobierno del 2 por 100.

— Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2008, se acuerda incrementar las tablas salariales...

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