Acuerdo Calendario Laboral - Serrerías, Personal de Monte, Serrerías de Leña y Rematantes de Madera, Principado de Asturias

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2008
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2008
Publicado enBoletín Oficial del Principado de Asturias nº 38 de 15/02/2008

Visto el acta de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de Trabajos Forestales y Aserraderos de Madera (código 3300935, expediente: C-1/08), recibida en esta Dirección General de Trabajo y Empleo el día 8-1-08, en la que se acuerda fijar el calendario laboral para el año 2008, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, números 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, en uso de las facultades conferidas por Resolución de 3-9-07, por la que se delegan competencias del titular de la Consejería de Industria y Empleo en el titular de la Dirección General de Trabajo, Seguridad Laboral y Empleo, por la presente,

resuelvo

Primero.—Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de la Dirección General de Trabajo, Seguridad Laboral y Empleo, así como su depósito y notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.—Disponer su publicación en el BOLETÍN OFICIAL del Principado de Asturias.

Oviedo, 9 de enero de 2008.—El Director General de Trabajo, Seguridad Laboral y Empleo (P.D. autorizada en Resolución de 3-9-07, publicada en el BOPA núm. 217, de 17-9-07).—2.033.

ACTA DE acuerdo de la comisión paritaria del convenio de trabajos forestales y aserraderos de madera del principado de asturias

En Oviedo, a las trece horas del día tres de enero de 2008, se reúne la Comisión Paritaria del Convenio de Trabajos Forestales y Aserraderos de Madera del Principado de Asturias, para proceder a fijar el calendario laboral para el año 2008, con asistencia de los siguientes miembros:

• Representación social:

FECOMA-CC.OO.: D. Ernesto Fernández Fuertes

MCA-UGT: Dña. Nerea Monroy Rosal

• Representación empresarial:

D. Luis Enrique García García

• Secretaria:

Dña. Susana Peláez Álvarez

Se acuerda:

Primero.—Jornada laboral 2008

Según se establece en el artículo 4 del Convenio de referencia, la jornada anual para el año 2008 queda establecida en 1.752 horas.

A efectos de adaptación de la jornada anual para el año 2008, en el año 2008 se considerarán como festivos, abonables y no recuperables, los días 19 de marzo, 24 y 31 de diciembre. En aplicación de las horas de jornada anual fijada para el año 2008, el exceso de jornada son siete días que...

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