Tablas salariales - Fincas Urbanas, Castilla y León

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2016
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2017
Publicado enBoletín Oficial de Castilla y León nº 36 de 22/02/2017

Visto el texto de las actas de la Comisión Negociadora del CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE EMPLEADOS DE FINCAS URBANAS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA Y LEÓN , suscritas el 30 de enero de 2017, de una parte por la Asociación de Propietarios de Fincas Urbanas de Castilla y León (AFUCYL), en representación de las empresas del sector, y de otra por CC.OO. y U.G.T., en representación de los trabajadores, por las que se aprueba el salario base y demás conceptos económicos para los años 2016 y 2017, de conformidad con el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, el artículo 2.1.a) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y el Decreto 42/2015, de 23 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, esta Dirección General

ACUERDA

Primero.- Ordenar la inscripción de las citadas tablas salariales en el Registro de este Centro Directivo con funcionamiento a través de medios electrónicos, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.- Disponer su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Así lo acuerdo y firmo.

Valladolid, 9 de febrero de 2017.

La Directora General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales,

Fdo.: A mpAro S Anz A lbornoS

ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE EMPLEADOS DE FINCAS URBANAS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA Y LEÓN

ASISTENTES

Por AFUCYL

D. Segundo Blanco López. D. Segundo Arribas Gutiérrez.

Por CC.OO.

D. Rafael Hernández Lorenzo. D.ª Lourdes Herreros García.

Por U.G.T.

D.ª Montserrat de Cea Aparicio. D.ª Pilar Miera Gutiérrez.

En la Sede de CC.OO. de Burgos, siendo las 11:30 horas del día 30 de enero de 2017, se reúnen las personas al margen citadas y en la representación que consta:

ACUERDAN:

  1. - Aprobar el salario base definitivo y demás conceptos económicos de acuerdo con los artículos 27 y 29 del convenio colectivo, para el año 2016.

Art. 28 Salario base definitivo.

Año 2016: 1009,10 € al mes.

Art. 31 Complementos salariales.

Retirada de basura: 5,30 €, Limpieza de garaje: 1,31 € mensuales, Cuidado y limpieza de zonas ajardinadas: Hasta 300 metros, 45,15 € mensuales, de 301 a 1.000 metros 88,97 € mensuales...

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