Plan de igualdad - Empresa Municipal de Servicios de Medio Ambiente Urbano de Gijón SA, Principado de Asturias

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2014
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2016
Publicado enBoletín Oficial del Principado de Asturias de 27/11/2014

Vista la solicitud de inscripción del Plan de Igualdad presentada por la Comisión de Igualdad de la Empresa Municipal de Servicios de Medio Ambiente Urbano de Gijón, a través de medios electrónicos ante el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo del Principado de Asturias, suscrito por la representación legal de la empresa y de los trabajadores el 7 de octubre de 2014, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 45 de la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, en uso de las facultades conferidas por Resolución de 3 de julio de 2012, por la que se delegan competencias del titular de la Consejería de Economía y Empleo en el titular de la Dirección General de Trabajo, por la presente,

RESUELVO

Ordenar su inscripción en el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo del Principado de Asturias, con funcionamiento a través de medios electrónicos, dependiente de la Dirección General de Trabajo, así como su depósito y notificación a la Comisión Negociadora.

Oviedo, a 6 de noviembre de 2014.—El Consejero de Economía y Empleo.—P.D. autorizada en Resolución de 3-07-2012, publicada en el BOPA núm. 156, de 6-07-2012, el Director General de Trabajo.—Cód. 2014-19844.

ACTA DE OTORGAMIENTO DEL PLAN DE IGUALDAD DE LA EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS DE MEDIO AMBIENTE URBANO DE GIJÓN (EMULSA)

En Gijón, siendo las doce horas del día 7 de octubre del año 2014, se reúnen en las dependencias de EMULSA, Carretera Carbonera 98 de Gijón:

Presidente:

D. Fernando Couto Garciablanco, Presidente de EMULSA

Representación empresarial:

Dña. Pilar Vázquez Palacios, Directora Gerente de EMULSA

D. Manuel Álvarez Amandi, Director General de Servicios y Procesos de EMULSA

Comité de Empresa:

D. José A. Sordo Calvín (UGT)

D. Manuel A. Velasco Vega (UGT)

D. Ramón S. Nuñez Carmona (UGT)

D. José Carlos Pérez Alonso (UGT)

Dña. Antonia Alcalde Blázquez (UGT)

Dña. Rosana Vallina Gutiérrez (UGT)

D. Fernando Lagar Patallo (UGT)

D. José A. Gorrite Fernández (UGT)

D. José Arcadio García Vega (CSI)

Dña. Pilar García Covián (CSI)

D. José E. Valdés Méndez (CSI)

Dña. Laura Martín Flórez (CGT)

D. Jesús M. Quiroga García (CCOO)

D. Enrique Fernández Rodríguez (USIPA)

D. Luís J. Morán Moriyón (USO)

Delegados Sindicales:

D. René Fernández Álvarez (UGT)

D. Luís Amador Collía Fernández (CSI)

D. Jorge Muñiz Alonso (CGT)

Dña. Alejandro Rodríguez García (CCOO)

Dña. Eva m Campal García (USIPA)

D. Iván González Van Cauwenberg (USO)

Actúa como Secretaria Dña. María José Álvarez González, administrativa de EMULSA.

Ambas partes acuerdan:

Primero.—Reconocerse mutua legitimación y capacidad para la negociación del Plan de Igualdad de EMULSA 2014-2016, dentro de sus respectivos ámbitos y por tanto para la firma del presente Acta de Otorgamiento.

Segundo.—En virtud de las Negociaciones llevadas a cabo, suscriben por unanimidad de todas las organizaciones sindicales con representación en el Comité de Empresa, del presente Plan de Igualdad de la Empresa Municipal de Limpiezas de Medio Ambiente Urbano de Gijón (EMULSA) con período de vigencia del 1 de enero de 2014 al 31 de diciembre de 2016, tal como aparece firmado por las representaciones de ambas partes.

Y en prueba de conformidad lo firman en Gijón, en el lugar y fecha expresados.

D. Fernando Couto Garcíablanco Dña. Pilar Vázquez Palacios
D. Manuel Álvarez Amandi D. José A. Gorrite Fernández
D. José A. Sordo Calvín D. Manuel A. Velasco Vega
D. Ramón S. Nuñez Carmona Dña. Antonia Alcalde Blázquez
Dña. Rosana Vallina Gutiérrez D. Fernando Lagar Patallo
D. José Carlos Pérez Alonso D. Arcadio García Vega
Dña. Pilar García Covián D. José E. Valdés Méndez
D. Jesús M. Quiroga García Dña. Laura Martín Flórez
D. Luís J. Morán Moriyón D. Enrique Fernández Rodríguez
D. René Fernández Álvarez D. Jorge Muñiz Alonso
Dña. Alejandro Rodríguez García Dña. Eva m Campal García
D. Luís A. Collía Fernández D. Iván González Van Cauwenberg
PLAN DE IGUALDAD

2014-2016

Índice.

  1. Introducción

  2. Objetivos Generales

  3. Responsabilidad Social Corporativa

  4. Comisión de Igualdad

  5. Diagnostico de Situación: Evolución Plan Igualdad 2010

  6. Valoración de situación. Estrategias de Igualdad: Objetivos y Actuaciones

  7. Seguimiento y Evaluación. Indicadores

  8. Código de Buenas Prácticas

  9. Información y Formación

  10. Anexos

    • Protocolo de conciliación

    • Medidas para la conciliación de la vida personal, laboral y familiar

  11. —Introducción.

    La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (LOIEMH), dispone en su artículo 5 la obligación de todas las organizaciones empresariales -públicas y privadas- de respetar el principio de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres. Para que las empresas den cumplimiento a este principio, la LOIEMH establece la obligatoriedad de adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres (Art. 45), que en el caso de aquellas empresas de más de doscientas cincuenta personas en plantilla se dirigirán a la elaboración y aplicación de un Plan de Igualdad (Art. 46), entendido como un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo.

    EMULSA fue la primera empresa municipal que, en el marco de la LOIEMH, ha puesto en marcha ésta medida contemplada en el marco del Convenio Colectivo 2008-2011, aplicando políticas de género reconocidas por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, que por Orden Ministerial de 26 de noviembre de 2010, concedió el “Distintivo de Igualdad en la Empresa” correspondiente a la primera convocatoria junto a otras 29 empresas españolas y ha sido renovado anualmente.

    Desde su puesta en marcha, durante el ejercicio 2008, el Plan de Igualdad de EMULSA, ha supuesto un salto cuantitativo y cualitativo de las medidas para la igualdad entre hombres y mujeres en la empresa. Esta acción, pionera en Asturias, se concretó en la puesta en marcha de un grupo de medidas, que abarcan desde los procesos de selección de personal, hasta la conciliación de la vida laboral y familiar, pasando por la formación y la convivencia diarias.

    Con posterioridad, en el ámbito autonómico, la Ley del Principado de Asturias 2/2011, de 11 de marzo, para la igualdad de mujeres y hombres y la erradicación de la violencia de género, refleja la obligación de los organismos públicos de elaborar planes de igualdad en su art. 43 Planes de igualdad en la Administración del Principado de Asturias:

  12. La Administración del Principado de Asturias y sus organismos públicos deberán elaborar y aplicar un plan de igualdad a desarrollar en convenio colectivo o acuerdo de condiciones de trabajo de personal funcionario que sea aplicable, en los términos previstos en el mismo.

    Además, en el ámbito municipal, en 2010 la Carta Local para la Igualdad de mujeres y hombres en el Municipio de Gijón, así como, recientemente, el Acuerdo sobre condiciones de trabajo comunes del Ayuntamiento de Gijón y de las Fundaciones y Patronato dependientes del mismo, revisado y aprobado el 8 de julio de 2013 dedica su capítulo V a la igualdad y a la conciliación de la vida familiar y laboral, estableciendo los siguientes principios de actuación:

    1. Remover los obstáculos que impliquen la pervivencia de cualquier tipo de discriminación con el fin de ofrecer condiciones de igualdad efectiva entre mujeres y hombres en el acceso al empleo público y en el desarrollo de la carrera profesional.

    2. Facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, sin menoscabo de la promoción profesional.

    3. Fomentar la formación en igualdad, tanto en el acceso al empleo público como a lo largo de la carrera profesional.

    4. Promover la presencia equilibrada de mujeres y hombres en los órganos de selección y valoración.

    5. Establecer medidas efectivas de protección frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo.

    6. Establecer medidas efectivas para eliminar cualquier tipo de discriminación retributiva, directa o indirecta, por razón de sexo.

    7. Evaluar periódicamente la efectividad del principio de igualdad en sus respectivos ámbitos de actuación.

    En este marco, no sólo dentro del obligado cumplimiento al mandato normativo, sino como respuesta al compromiso municipal y de la propia EMULSA en la aplicación de políticas de igualdad destinadas a toda la ciudadanía de Gijón, se aborda este nuevo Plan de Igualdad, siguiendo un desarrollo coherente que consolide su aplicación dentro de la propia gestión interna de Recursos Humanos, y desde el convencimiento de que la integración del respeto por la igualdad de género en la política de gestión del personal supone una mejora para la misma y un deber ejemplarizante que como entidad pública debemos transmitir a todas las empresas del municipio.

    Entre las principales acciones realizadas, cabe destacar:

    • Inclusión de medidas de género en las políticas de recursos humanos.

    • La priorización del género sub-representado por servicio y la eliminación de estereotipos.

    • La paridad en los equipos de selección, valoración del personal y de los temarios de Igualdad en los procesos de selección.

    • La divulgación de Códigos de buenas prácticas: código ético y de prevención.

    • La campaña informativa sobre derechos y obligaciones en materia de igualdad.

    • La organización de acciones de formación específicas para mujeres.

    • Aumento de la participación de las mujeres en las acciones de formación destinadas a la promoción profesional.

    Por tanto, EMULSA mantiene su obligación a contribuir activamente en la eliminación de todas las formas de discriminación en su ámbito laboral basadas en el género, continuando con la promoción de la igualdad entre las mujeres y los hombres y suprimiendo los obstáculos que impiden...

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