Acuerdo - Personal Laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias, Canarias

Inicio de Vigencia 9 de Diciembre de 2008
Publicado enBoletín Oficial de Canarias nº 245 de 09/12/2008

Visto el Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias, para la modificación del apartado 1º, último párrafo, de la Disposición Transitoria Primera del vigente Convenio Colectivo, y de conformidad con lo dispuesto en el artº. 90 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y de los Reales Decretos 661/1984, de 25 de enero y 1.033/1984, de 1 de abril, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de mediación, arbitraje y conciliación; el Real Decreto 1.040/1981, de 22 de mayo, sobre depósito y registro de Convenios Colectivos, y el Reglamento Orgánico de la ConsejerÃa de Empleo, Industria y Comercio, aprobado por el Decreto 405/2007, de 4 de diciembre (B.O.C. nº 249, de 14.12.07) , esta Dirección General de Trabajo

ACUERDA: Primero.- Ordenar la inscripción en el Registro de Convenios Colectivos con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.- Disponer el depósito del texto original.

Tercero.- Disponer su publicación en el BoletÃn Oficial de Canarias.

Contra el presente acto, que no agota la vÃa administrativa, cabe recurso de alzada ante el Sr. Consejero de Empleo, Industria y Comercio, en el plazo de un mes, desde la notificación o publicación de la presente resolución, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.

Las Palmas de Gran Canaria, a 7 de noviembre de 2008.- El Director General de Trabajo, Pedro Tomás Pino Pérez.

ACUERDO DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DEL PERSONAL LABORAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS PARA LA MODIFICACIÓN DEL APARTADO PRIMERO, ÚLTIMO PÁRRAFO, DE LA DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA DEL CONVENIO COLECTIVO.

La Disposición Transitoria Primera del Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias, en su actual redacción publicada en el BoletÃn Oficial de Canarias nº 9, de 12 de enero de 2007, prevé en su apartado 1º la celebración, con carácter excepcional, de un proceso selectivo de promoción interna, por el sistema de concurso de méritos, entre el personal laboral que reúna las condiciones y requisitos establecidos en el referido apartado 1º.

En ejecución de lo dispuesto en esa norma, mediante Orden de 14 de febrero de 2007 (B.O.C. nº 35, de 16.2.07) se convocó promoción interna...

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