Acuerdo - Personal Funcionario del Ayuntamiento de Almendralejo, Badajoz

Inicio de Vigencia 2 de Mayo de 2018
Fin de Vigencia 2 de Mayo de 2018
Publicado enDiario Oficial de Extremadura nº 84 de 02/05/2018

RESOLUCIÓN de 11 de abril de 2018, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena el depósito en el Registro de Convenios y Acuerdos colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del Acta de la Mesa General de Negociación, donde se acuerda la ultraactividad del "Acuerdo regulador de las condiciones de trabajo del personal funcionario del Ayuntamiento de Almendralejo", suscrito el 14 de julio de 2009. (2018061039)

Según lo establecido en el artículo 38.6 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en relación con la disposición adicional segunda del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, el Ayuntamiento de Almendralejo, ha registrado en la página REGCON el Acta de fecha 28 de diciembre de 2017, de la Mesa General de Negociación, donde se acuerda la ultraactividad del "Acuerdo regulador de las condiciones de trabajo del personal funcionario del Ayuntamiento de Almendralejo", suscrito el 14 de julio de 2009.

A tal efecto, esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero. Ordenar su depósito en el Registro de Convenios y Acuerdo Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Segundo. Disponer su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Mérida 11 de abril de 2018.

La Directora General de Trabajo,

MARÍA SANDRA PACHECO MAYA

PACTO POR EL QUE SE ACUERDA LA ULTRACTIVIDAD DEL

ACUERDO POR EL QUE SE REGULAN LAS CONDICIONES DE TRABAJO DEL PERSONAL FUNCIONARIO AL SERVICIO DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALMENDRALEJO Y LA

COORPORACIÓN MUNICIPAL

AÑO 2009

PREÁMBULO

I

El vigente Acuerdo regulador de las condiciones de trabajo del personal funcionario al servicio de este Ayuntamiento, publicado en el Diario Oficial de Extremadura número 173, de 7 de septiembre de 2009, así como sus posteriores modificaciones, se suscribieron por la Corporación Municipal y las secciones sindicales de CSIF, CCOO y UGT, establece respecto a su ámbito temporal, en su artículo 3, una vigencia de hasta el día 31 de diciembre de 2015 y en tanto no medie denuncia de alguna de las partes, se entenderá prorrogado de año en año, en todo su contenido, y una vez denunciado se mantendrá en vigor en todo su contenido. No obstante, transcurrido un año desde su denuncia sin que se haya acordado un nuevo acuerdo perderá vigencia, salvo...

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