Modificación - Personal Laboral del Ayuntamiento de Almendralejo, Badajoz

Inicio de Vigencia12 de Agosto de 2015
Fin de Vigencia12 de Agosto de 2015
Publicado enDiario Oficial de Extremadura nº 155 de 12/08/2015

RESOLUCIÓN de 24 de julio de 2015, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto de la "Modificación del Convenio Colectivo del Personal Laboral al Servicio del Ayuntamiento de Almendralejo y la corporación municipal, del año 2013", suscrito por la comisión negociadora con fecha 22/01/2015. (2015061794)

Visto el texto del Acuerdo de la comisión negociadora acordando la modificación del Convenio Colectivo del Personal Laboral al Servicio del Ayuntamiento de Almendralejo y la Corporación Municipal, del año 2013 (código de convenio 06000700011991), que fue suscrito con fecha 22/01/2015, de una parte, por representantes de la empresa, y de otra, por los delegados de personal en representación de los trabajadores.

Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y Decreto 182/2010, de 27 de agosto, por el que se crea el Registro de Convenios y Acuerdo Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Segundo. Disponer su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Mérida, a 24 de julio de 2015.

La Directora General de Trabajo,

IRENE MARÍN LUENGO

MODIFICACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO DEL PERSONAL LABORAL AL SERVICIO DEL AYUNTAMIENTO DE ALMENDRALEJO Y LA CORPORACIÓN MUNICIPAL DEL AÑO 2013

Preámbulo

La presente modificación del Convenio Colectivo tiene su base Jurídica en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, en el RD Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, así como en la legislación que sobre negociación colectiva es de aplicación.

El vigente Convenio Colectivo del Personal Laboral del Excmo. Ayuntamiento de Almendralejo se publicó en el DOE número 190, de 2 de octubre de 2013.

Las recientes modificaciones de la RPT de Personal Laboral Fijo que ha comportado la actualización de determinadas "dedicaciones específicas", incluidas entre las condiciones particulares del complemento específico, la incorporación de determinados matices respecto a los permisos de los empleados públicos, que ya habían sido consensuados por la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo, así como el incremento del número de días por asuntos particulares contemplados por el apartado k) del artículo 48 de la 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, aconsejan una modificación del texto del Convenio Colectivo del Personal Laboral al Servicio de este Ayuntamiento.

Por todo ello y en virtud de lo establecido, sometido a la Mesa de Negociación de personal laboral, los Representantes de la Corporación Municipal y las Centrales Sindicales CSIF, CCOO y UGT han concertado la modificación del Convenio Colectivo del Personal Laboral del Excmo. Ayuntamiento de Almendralejo, que se relata a continuación:

Primero. Del artículo 26 "Condiciones particulares incluidas en el complemento específico" se modifica el párrafo 2. quedando con la siguiente redacción:

"Artículo 26. Condiciones particulares incluidas en el complemento específico.

2. A efectos de la determinación de la condición "dedicación específica" contemplada en el complemento específico de determinados puestos de trabajo, de características especiales, debidamente identificados y codificados en la RPT, se han considerado:

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