Revisión salarial - Panaderías, Navarra

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2009
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2009
Publicado enBoletín Oficial de Navarra nº 40 de 03/04/2009

Con fecha 18 de febrero de 2009 ha tenido entrada en este Departamento el Acuerdo de Revisión Salarial del Convenio Colectivo de trabajo del sector "Panaderías", correspondiente al año 2009, suscrito y aprobado por la Comisión Negociadora, en cumplimiento de lo pactado en el citado Convenio (Expediente inicial número 77/2008).

Siendo el Departamento de Innovación, Empresa y Empleo competente para efectuar las funciones de registro, depósito y publicación de los Convenios Colectivos de trabajo, establecidas en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, en virtud de lo establecido en el Real Decreto 937/1986, de 11 de abril, de transferencias laborales estatales a la Comunidad Foral de Navarra; y teniendo en cuenta lo dispuesto en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 22.1 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

  1. Proceder al registro del Acuerdo de Revisión Salarial del Convenio Colectivo de trabajo del sector "Panaderías" (Código número 3105305), de Navarra, en el libro especial habilitado al efecto que obra en el Negociado de Registro, Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, en cuya unidad administrativa queda en depósito su texto y documentación.

  2. Notificar esta Resolución a la Comisión Negociadora, advirtiendo que contra la misma, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Innovación, Empresa y Empleo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación.

  3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra para su general conocimiento.

Pamplona, 26 de febrero de 2009.-La Directora General de Trabajo y Prevención de Riesgos, Imelda Lorea Echavarren.

ACTA

CONVENIO COLECTIVO PARA EMPRESAS DE PANADERÍA DE NAVARRA

En Pamplona, siendo las 16,30 horas del día diecisiete de febrero de dos mil nueve, se reúne la Mesa Negociadora del Convenio Colectivo para Empresas dedicadas a la Fabricación de Pan de Navarra, integrada por las Entidades y Representantes que a continuación se señalan:

Por la Asociación de Empresarios Fabricantes y Expendedores de Navarra: Don Enrique Munárriz, don Gabriel Lamberto, don Javier San Miguel y don Miguel Angel Irañeta.

Por la Central Sindical U.G.T.: Doña Victoria Pastor y don Daniel Pérez.

Por la Central Sindical CC.OO: Doña Maite Pascual.

Exponen:

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 17.º del vigente Convenio Colectivo para Empresas de Panadería de la Comunidad Foral de Navarra, una vez conocido el incremento del 1,4% experimentado durante el año 2008 en el Índice de Precios al Consumo (IPC), procede aplicar el incremento pactado para el período 1 de enero a 31 de diciembre de 2009, por lo que,

Acuerdan:

Primero.-Proceder a la firma de las tablas salariales con efectos 1-1-2009 a 31-12-2009, que se unen a la presente acta.

Segundo-. Remitir dos ejemplares de las tablas, al Departamento de Innovación, Empresa y Empleo del Gobierno de Navarra, a efectos de su conocimiento y expresa petición de que se disponga lo...

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