Revisión salarial - Industria del Calzado, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 1 de Marzo de 2009
Fin de Vigencia28 de Febrero de 2010
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 89 de 11/04/2009

Visto el texto de la revisión salarial correspondiente al año 2008 y las tablas salariales para el tercer año de vigencia del Convenio Colectivo de la Industria del Calzado (publicado en el BOE de 23.8.2007) (Código de Convenio nº 9900805), que fue suscrito con fecha 27 de febrero de 2009 por la Comisión Paritaria del Convenio de la que forman parte la Federación de Industrias del Calzado Español (FICE) y la Asociación de Empresas de Componentes para el Calzado (AEC) en representación de las empresas del sector y las organizaciones sindicales FIA-UGT y FITEQA-CC.OO. en representación de los trabajadores del mismo y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo, resuelve:

Primero.-Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 30 de marzo de 2009.-El Director General de Trabajo, José Luis Villar Rodríguez.

ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO ESTATAL PARA LAS INDUSTRIAS DEL CALZADO

En Madrid, siendo las 11,00 horas del día 27 de febrero de 2009, se reúne la Comisión paritaria del Convenio Estatal para la industria del Calzado, (código de convenio nº 9900805), con la asistencia de los representantes de las Centrales Sindicales FITEQA-CC.OO., FIA-UGT y de las Organizaciones Empresariales FICE y AEC.

FITEQA-CC.OO.:

Carmen Expósito Robles.

José Torregrosa Botella. Francisco Fernández Villlodres.

FIA-UGT:

Lali Picazo Roldán.

Juan Antonio Maciá Torregrosa. José Mesa Ortega.

FICE-AEC:

Luis Antonio Sanchiz Payá. Enrique Navalón Cuenca. Álvaro Sánchez Concellón.

Orden del día

  1. Revisión salarial 2008.-De conformidad con el art. 34 apartado 2.1, la Comisión acuerda dar por definitivas las Tablas Salariales del Convenio de la Industria del Calzado publicadas por Resolución de la Dirección General de Trabajo de 11 de marzo de 2008 en el BOE del 31.03.2008. Esta ratificación es consecuencia de no haber excedido el IPC real de 2008 la previsión oficial. 2. Tabla salarial para el tercer año.-De conformidad con el apartado 3 del art. 34 del convenio, la...

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