Acuerdo - Acumula, S. A., Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 2 de Junio de 2009
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 130 de 29/05/2009

Visto el texto del Acta de 11 de marzo de 2009 que contiene los acuerdos de derogación del Convenio Colectivo en vigor de la empresa Acumula, S. A., publicado en el BOE de 21.2.2008 (código de Convenio n.º 9016932), y de aplicación de las relaciones laborales de dicha empresa del Convenio Colectivo para las empresas dedicadas a los Servicios de Campo para Actividades de Reposición, publicado en el BOE de 27 de enero de 2009, acta que fue suscrita de una parte por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma, y de otra por el Comité de empresa y Delegados de Personal en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.-Ordenar la inscripción de la citada Acta en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.-Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 12 de mayo de 2009.-El Director General de Trabajo, José Luis Villar Rodríguez.

ACTA DE LA REUNIÓN CELEBRADA ENTRE LA DIRECCIÓN DE ACUMULA, S. A., Y LA REPRESENTACIÓN LEGAL DE SUS TRABAJADORES

Asistentes:

Acumula, S. A.: José Ramos Martín. Jaime Souza Hermida.

Representantes de los trabajadores:

U.S.O.: Washinton Espin Camacho. Luis Enrique Chancafe Silva. M.ª Luisa Hernández Castro. Sandra Fernández Monroy.

Ana Elisabeth de León de Mejía. María Adriana Zavaleta. Lourdes Rocío Ramírez. Consuelo Arona Flores. Carmita Padilla Simba.

Carlos Cabello Bustamante. Pedro Barciero Agraz.

CC.OO.: Pedro Esmilin Olivo.

D.ª María Susmozas Ortiz (Asesora U.S.O.).

En Madrid, a 11 de marzo de 2009, se reúnen los representantes de la empresa Acumula, S. A. y la representación legal de los trabajadores, compuesta por los delegados y miembros de Comité de Empresa de los distintos centros de trabajo que la empresa tiene a nivel nacional, y asesores cuyos nombres al margen se relacionan, todos ellos con la capacidad requerida a efectos de lo dispuesto en el artículo 87 y siguientes del Estatuto de los Trabajadores.

Las partes se reconocen como interlocutores válidos.

Considerando que la publicación en el BOE de fecha 27 de enero de 2009 del...

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