Acuerdo - Grupo Champion-Supeco-Maxor, Comunidad de Madrid
Inicio de Vigencia | 10 de Octubre de 2015 |
Fin de Vigencia | 10 de Octubre de 2015 |
Publicado en | Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid nº 241 de 10/10/2015 |
Vista el Acta de la Mediación entre las citadas partes, que ha tenido lugar ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de dicho Instituto y en el artículo 2.1.h) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, esta Dirección General,
RESUELVE
Proceder a la publicación obligatoria y gratuita del presente Anexo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 11 de setiembre de 2015.-La Directora General de Trabajo, María del Mar Alarcón Castellanos.
Expediente número: PCM -0450/2015.
En Madrid, a las nueve y treinta horas del día lunes 7 de septiembre de 2015.-Ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, compuesto por:
Presidente: Don José M. Garrido de la Parra.
Vocal: Don Justino Ramírez Torres.
Vocal: Doña María Teresa Calero Garrido.
Secretario: Don Antonio Chico Fernández. Ha sido presentada solicitud de conciliación y mediación, registrada en la sede del Instituto con fecha viernes 7 de agosto de 2015, para conocer del expediente citado.
De una parte, constan como citados y comparecen:
Doña Isabel Avivar Contreras, en calidad de representante legal. Doña Lucía Navarro Riquelme, en calidad de representante.
Emopleadora: "Grupo Champion-Supeco-Maxor", con domicilio en la calle Campezo, número 16, Madrid.
De otra parte, constan como citados y comparecen:
Doña Máxima Real Morales, en calidad de sección sindical UGT. Don Ricardo Sánchez Sánchez, en calidad de representante legal de los trabajadores.
Exposición de los hechos que son origen del conflicto, según escrito introductorio presentado por doña Máxima Real Morales, representante de la sección sindical de UGT
ABIERTO EL ACTO
Las partes se someten expresamente al procedimiento de conciliación y mediación del Instituto Laboral para el conflicto objeto del presente acto.
La parte solicitante manifiesta su posición en el sentido de ratificarse en el contenido de su escrito introductorio.
Concedida la palabra a la representación empresarial manifiesta su postura.
Realizado el acto de conciliación entre las representaciones antes mencionadas se da por finalizado con el resultado de
CON AVENENCIA
En los siguientes términos: 1. Según acta de la reunión extraordinaria del comité de empresa de "Carrefour Mini Valdefuentes" ("Supermercados Champion").
El Acuerdo adoptado por las partes aquí presentes tiene la misma eficacia que lo estipulado en convenio...
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