Revisión salarial - Mataderos de Aves y Conejos, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2007
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2008
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 156 de 29/06/2009

Visto el texto del acuerdo referente a las tablas salariales definitivas correspondientes al año 2008 del Convenio Colectivo de mataderos de aves y conejos (publicado en el BOE de 06-07-2007) (Código de Convenio n.º 9903395), que fue suscrito con fecha 27 de mayo de 2009 por la Comisión Paritaria del Convenio de la que forman parte las asociaciones empresariales AMPE y AMACO, en representación de las empresas del sector, y las organizaciones sindicales CCOO y UGT en representación de los trabajadores del mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo, resuelve:

Primero.-Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.

Segundo.-Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 9 de junio de 2009.-El Director General de Trabajo, José Luis Villar Rodríguez.

Acta de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de Mataderos de Aves y Conejos

Por la representación empresarial:

Ángel Martín (AMPE).

Carmen Santamaría (AMACO). Conrado López (AMPE y AMACO).

Por la representación sindical:

Vicente Canet (CC.OO). Sebastián Serena (U.G.T.).

En Madrid, a 27 de mayo de 2009, siendo las 17:00 horas, se reúne la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de Mataderos de Aves y Conejos, compuesta, de una parte por las representaciones de las Federaciones Agroalimentarias de CC.OO. y U.G.T. y, de otra parte, por las representaciones de AMPE y AMACO, en la calle Diego de León, número 33, de Madrid, los cuales firman al pie del presente escrito, con el fin de establecer los salarios definitivos del Convenio Colectivo aplicables al año 2008.

Abierta la sesión, las partes adoptan los siguientes

ACUERDOS

Primero.-La Comisión Paritaria del Convenio Colectivo, acuerda el establecimiento de los salarios definitivos para 2008, tomando como base los definitivos de 2007 a los que se les aplicará el 1,4% del IPC real de 2008 más 0,6 puntos. Estos salarios y Tablas servirán de base de cálculo para los Salarios y Tablas de 2009.

Asimismo, la Comisión Paritaria acuerda que con carácter provisional (y a cuenta) se mantengan los Salarios y Tablas del Convenio que se establecieron con carácter provisional para 2008 (Salarios y Tablas definitivas de 2007 más el 2,6%).

Segundo.-Las partes facultan a cualquiera de los miembros firmantes de este acta para que realicen los trámites de inscripción, registro y publicación del citado Convenio.

En prueba de conformidad, las partes firman por duplicado la presente Acta, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

Horas extra 2008/Antigüedad

Categorías profesionales 0%-05 5%-05 10%-05 20%-05 25%-05 30%-05 40%-05 50%-05 Técnicos: Técnico Titulado Superior 18,78 19,73 20,66 22,52 23,47 24,42 26,30 28,16 Técnico Titulado 16,19 16,99 17,80 19,42 20,23 21,05 22,66 24,29 Técnico no Titulado 14,51 15,25 15,97 17,42 18,14 18,87 20,33 21,79 Encargado General 14,51 15,25 15,97 17,42 18,14 18,87 20,33 21,79 Personal Administrativo: Jefe Administrativo de 1.ª 14,58 15,31 16,03 17,49 18,21 18,95 20,40 21,86 Jefe de Personal 14,58 15,31 16,03 17,49 18,21 18,95 20,40 21,86 Jefe Administrativo de 2.ª 14,58 15,31 16,03 17,49 18,21 18,95 20,40 21,86 Contable 14,58 15,31 16,03 17,49 18,21 18,95 20,40 21,86 Analista 14,58 15,31 16,03 17,49 18,21 18,95 20,40 21,86 Oficial Administrativo de 1.ª 13,76 14,44 15,13 16,50 17,19 17,87 19,26 20,63 Programador 13,76 14,44 15,13 16,50 17,19 17,87 19,26 20,63 Oficial Administrativo de 2.ª 13,32 13,98 14,65 15,98 16,65 17,31 18,65 19,98 Operador Codificador 13,32 13,98 14,65 15,98 16,65 17,31 18,65 19,98 Auxiliar Administrativo 12,50 13,12 13,75 14,99 15,63 16,25 17,50 18,74 Telefonista 12,50 13,12 13,75 14,99 15,63 16,25 17,50 18,74 Perforador-Verificador Grabador . 12,50 13,12 13,75 14,99 15,63 16,25 17,50 18,74 Aspirante de 2.º año 10,12 10,64 11,15 12,16 12,67 13,17 14,19 15,19 Aspirante de 1.º año 9,16 9,63 10,09 11,01 11,48 11,94 12,84 13,76 Personal Comercial: Jefe o Delegado de Zona 14,58 15,31 16,03 17,49 18,21 18,95 20,40 21,86 Jefe o Agente Compra-Venta 13,32 13,98...

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