Prórroga - Evolutio Cloud Enabler SAU, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 1 de Abril de 2015
Fin de Vigencia31 de Marzo de 2019
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 156 de 28/06/2018

Visto el texto de los acuerdos relativos a la prórroga, revisión salarial y modificación de determinados artículos del Convenio colectivo de la empresa BT España, Compañía de Servicios Globales de Telecomunicaciones, SA (Código de convenio nº: 90102352012016), publicado en el BOE de 29 de abril de 2016, acuerdos que fueron suscritos con fecha 6 de abril de 2018, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa en representación de la misma, y de otra por las secciones sindicales de CCOO y UGT en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de los citados Acuerdos en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 12 de junio de 2018.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACUERDOS ALCANZADOS EN LA PRÓRROGA DEL I CONVENIO DE BT ESPAÑA

Madrid, 6 de abril de 2018.

Las partes firmantes acuerdan:

  1. Revisión salarial fija para todos los empleados en el Convenio de BT España.

    El importe de los conceptos retributivos «salario base»; «complemento 1 convenio colectivo BT» y «prorrateo pagas extras» se verá incrementado, para el ejercicio fiscal 2018/2019, en un 1.4% sin compensación ni absorción, con efectividad desde el 1 de abril de 2018.

  2. Seguro médico.

    Las partes firmantes acuerdan que la empresa subvencionará el 25% del valor de la póliza estándar del seguro médico (actualmente el valor de esta póliza es de 31.95 € al mes) a los empleados que a la fecha del presente acuerdo no dispongan del seguro médico pagado por la compañía. Los empleados que, perteneciendo al colectivo descrito, quieran acceder a esta subvención, deberán formalizar su solicitud de contratación de la póliza durante la primera quincena de mayo. La póliza iniciará su fecha de efectividad en junio de 2018.

    Las partes acuerdan así mismo, que en caso de que en el ejercicio fiscal 2018/2019 el objetivo de EBITDA de la Empresa (BT España) se alcanzara al menos al 90%, a partir del 1 de junio de 2019 la subvención pasaría a ser del 50% del valor de la póliza estándar del seguro médico para los empleados del colectivo que...

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