Convenio colectivo - Grupo Cantoblanco Colectividades, S.L. (restaurantes y cafeterías del Hospital Ramón y Cajal), Comunidad de Madrid

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2009
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2009
Publicado enBoletín Oficial de la Comunidad de Madrid nº 273 de 17/11/2009

Examinado el texto del convenio colectivo de la empresa “Grupo Cantoblanco Colectividades, Sociedad Limitada” (Hospital “Ramón y Cajal”), suscrito por la comisión negociadora del mismo día 29 de mayo de 2009, completada la documentación exigida en el artículo 6 del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de dicho Real Decreto; en el artículo 90.2 y 3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el artículo 6.1.a) del Decreto 150/2007, de 29 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Empleo y Mujer, esta Dirección General

RESUELVE

  1. o  Inscribir dicho convenio en el Registro Especial de Convenios Colectivos de esta Dirección, y proceder al correspondiente depósito en este Organismo.

  2. o  Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 25 de setiembre de 2009.—El Director General de Trabajo, Javier Vallejo Santamaría.

CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA “GRUPO CANTOBLANCO COLECTIVIDADES, SOCIEDAD LIMITADA”, EN EL CENTRO DE TRABAJO HOSPITAL “RAMÓN Y CAJAL”, DE MADRID

En Madrid, a 29 de mayo de 2009.

Artículo 1

  Ámbito funcional y territorial.—El presente convenio colectivo será de aplicación en el centro hospitalario “Ramón y Cajal”, de Madrid, y afectará a la empresa “Grupo Cantoblanco Colectividades, Sociedad Limitada”, como actual concesionaria del servicio de cafeterías y restaurantes de dicho centro, y a las entidades que en el futuro sean concesionarias de los servicios en los referidos departamentos del citado centro.

Art. 1 bis   Partes firmantes.—Son partes firmantes de este convenio la empresa “Grupo Cantoblanco Colectividades, Sociedad Limitada”, como actual concesionaria, a través de su representante legal, y en representación de los trabajadores, el comité de empresa de las cafeterías del Hospital “Ramón y Cajal”, de Madrid.
Art. 2   Ámbito personal.—Se regirán por este convenio todos los trabajadores que presten servicios en el centro de trabajo mencionado en el artículo 1.
Art. 3   Ámbito temporal.—El ámbito temporal es de un año, y con independencia de la fecha de su publicación, entrará en vigor con efectos retroactivos el día 1 de enero...

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